El fallo de primera instancia fue proferido por la Procuraduría Regional de Cesar y quedó en firme al no ser apelado.
La Procuraduría General de la Nación sancionó disciplinariamente a la exregistradora principal de la oficina de Registro e Instrumentos Públicos de Valledupar, Ana Mejía Araújo y a Claudia Marcela Daza Gallo, en su condición de auxiliar administrativa de la misma oficina, con amonestación escrita por infringir sus deberes como servidoras públicas y quebrantar la ley disciplinaria.
Mejía Araújo, omitió hacer que se cumpliera la orden impartida relacionada con el otorgamiento del recurso de apelación, deberes contenidos en la Ley, dado que era su responsabilidad vigilar y dar cumplimiento al recurso de alzada para que su superior funcional se pronunciara sobre su decisión; documentación que no fue enviada al superior, sino luego de transcurridos seis meses.
Por su parte, Daza Gallego omitió cumplir lo preceptuado en el manual específico de funciones y competencias laborales dentro del cual se le señala que debía mantener actualizado el sistema con la información de los documentos que entraran y salieran de la dependencia, cuidando que se cumpliera con los términos de Ley y no violar las normas sobre la materia.






