El artículo 190 de la Constitución Política de Colombia modificó la forma de elegir Presidente de la República, pues a partir de éste, el primer mandatario del país es escogido por la mitad más uno de los votos que depositen los ciudadanos.
Es así como, si ninguno de los candidatos obtiene esta mayoría, debe realizarse una nueva votación que tendrá lugar tres semanas más tarde, en este caso, el 15 de junio de este año; en la cual sólo participarán los dos candidatos que hubieren obtenido las más altas votaciones y será declarado Presidente quien obtenga el mayor número de votos.
El 25 de mayo es la cita para que los colombianos escojan al Presidente y al Vicepresidente de Colombia, pero si los candidatos no logran la mitad más uno de los votos, tendrán que ir a unas nuevas votaciones o segunda vuelta electoral.






