Por: Pepe Morón Reales
Pepe.moron@elpilon.com.co
La Corte Constitucional, mediante sentencia C -744 de 2012, decretó inexequible el artículo 137 de la Ley Antitrámites, que permitía a las empresas despedir arbitrariamente a un trabajador discapacitado sin el consentimiento y aprobación del Ministerio del Trabajo. Esta medida mantiene las garantías constitucionales a las que tienen derecho los trabajadores con una condición diferente.
Según el senador Félix Valera Ibáñez, por solicitud de asociaciones y sindicatos de trabajadores discapacitados, presentó el Proyecto de Ley 42 de 2012 que pretende restablecer los derechos que les arrebató arbitrariamente el Decreto Ley 19 de 2012 conocido como “Ley Antitrámites”.






