Entre los analizados están aquellos que modificarían el impuesto de delineación urbana, que retomaría el concepto de declaración de este tributo, diferenciándolo en dos etapas: anticipo del impuesto y declaración final y definitiva. Según lo presentado por la Administración Municipal tendría como consecuencia la posibilidad de sancionar al contribuyente por la omisión en el deber de declarar; con ello se disminuiría el riesgo de evasión del tributo.
También se expusieron nuevos artículos, como la sobretasa ambiental, que se sacaría en un capítulo aparte y se incluiría en el cobro del impuesto predial. De otro lado, se conciben derechos de tránsito y tasas urbanísticas, la estampilla Pro-Ciudadela Universitaria UPC e impuesto de circulación y tránsito.
Igualmente se modificarían los artículos 22, 29, 30, 32 y 33, relacionados con el impuesto predial y se plantearía un descuento del 15% por pronto pago de este tributo.






