Durante 4 meses se suspende la contratación pública
A partir de hoy comienza a regir en todo el territorio nacional la ley de garantías electorales. La norma que consta de 38 artículos reglamenta desde las prohibiciones que tienen los funcionarios públicos para participar en política hasta el monto que pueden gastar en publicidad los candidatos, busca evitar que los actuales gobernantes influyan en las elecciones a través de apoyo político, logístico o económico con los candidatos de sus partidos de cara a las elecciones de autoridades locales el próximo 30 de octubre.
El artículo 33 de la Ley 996 o de garantías electorales por ejemplo, restringe durante los cuatro meses anteriores la contratación pública y congela la nómina para evitar que se utilicen estos mecanismos en favor de determinado candidato.
Desde la primera hora de hoy 29 de junio y hasta las 12 de la noche del próximo 30 de octubre, los alcaldes, gobernadores y los miembros de su gabinete no podrán celebrar contratos, ni ejecutar recursos públicos para actividades proselitistas. Tampoco podrán inaugurar obras públicas, ni organizar reuniones de carácter social o comunitario con la presencia de los candidatos, sus asesores o emisarios.
Restricciones de la Ley 996 de 2005
Para el 30 de octubre de 2011 están previstas las elecciones de Gobernadores, Alcaldes, Diputados de las Asambleas Departamentales, Concejos Municipales y Ediles o Miembros de las Juntas Administradoras Locales, por lo que para garantizar la imparcialidad en las referidas jornadas electorales, las administraciones locales deben tener en cuenta las disposiciones Constitucionales y legales, contenidas en la Ley 996 de 2005 o Ley de Garantías Electorales, para lo cual EL PILÓN quiere hacer énfasis en los siguientes aspectos:






