Para el 19 de marzo se fijó la fecha del inicio del juicio oral.
Ante el Juzgado Quinto Penal del Circuito con funciones de conocimiento de Valledupar se tenía programada la tarde del martes 12 de marzo la audiencia de juicio oral en contra de Óscar Guillermo Lúquez Alvarado, acusado por la Fiscalía 25 Local Caivas por el delito de acoso sexual, cuando en el momento de los hechos se desempañaba como capitán del Cuerpo de Bomberos de Valledupar. No obstante, se definió la prescripción de la acción penal por vencimiento de términos que había solicitado la defensa en la anterior audiencia.
Luego de decretarse la prescripción de la acción penal, en tanto han pasado más de 3 años desde la formulación de imputación y hasta el momento no se ha arribado una decisión definitiva, esta petición fue escuchada por todas las partes, pero la Fiscalía y el representante de víctimas se opusieron a la misma argumentando razones de índole jurídico considerando que el despacho debía analizar con cuidado esta petición porque se trataba de una conducta punible que se había cometido con un curso homogéneo y sucesivo y eso probablemente hacía que los términos para la figura de la prescripción de la acción penal se aumentará.
La formulación de imputación fue realizada el 30 de septiembre del 2020 ante el Juzgado 3 Penal Municipal con funciones de control de garantías de Valledupar.
Cabe recordar que, según la Fiscalía, “desde agosto del 2015 hasta el año 2016, con posterioridad a la desvinculación laboral, en las instalaciones del Cuerpo Voluntarios de Valledupar, en horas de la noche Lúquez Alvarado empezó a acosar sexualmente a Alix Marcela Cudris Ruiz, quien era su subalterna, y en varias oportunidades intentó besarla y tocarla y al no ser permitido por la víctima le hacía ofrecimientos de dinero y viajes con tal de que se acostara con él. También le hacía entender que su estancia laboral dependía de que pretendiera a las peticiones sexuales”.
La solicitud de prescripción fue negada por el juez conforme a lo estipulado en el punto sexto del artículo 83 del Código Penal que señala que un servidor público que en ejercicio de las funciones realice una conducta punible o participe en ella el término de prescripción se aumentará en la mitad. Por esta razón, y otros hechos jurídicos el juez consideró que se debe apegar a esta articulación normativa, incrementando el tiempo hasta un año y seis meses más para llegar a una decisión definitiva.
Una vez negada la solicitud de prescripción, el abogado del procesado, Jefferson Camaño Castro, solicitó aplazar la audiencia de juicio oral porque tenía otros compromisos legales, y al estar de acuerdo todas las partes quedó programada para el próximo 19 de marzo a las 2 p. m. donde participarán testigos de la Fiscalía.
El delito de acoso sexual tiene establecida una pena de prisión de uno a tres años.
Oscar Guillermo Lúquez Alvarado actualmente es oficial del Cuerpo de Bomberos Voluntarios de Valledupar, también hace parte del consejo de oficiales que es la máxima autoridad de los bomberos y se desempeña como coordinador departamental de bomberos. No obstante, la ley bomberil en la resolución 1127 dice que cualquier miembro que sea investigado por acoso sexual será destituido porque los bomberos deben tener una conducta intachable.
Para el 19 de marzo se fijó la fecha del inicio del juicio oral.
Ante el Juzgado Quinto Penal del Circuito con funciones de conocimiento de Valledupar se tenía programada la tarde del martes 12 de marzo la audiencia de juicio oral en contra de Óscar Guillermo Lúquez Alvarado, acusado por la Fiscalía 25 Local Caivas por el delito de acoso sexual, cuando en el momento de los hechos se desempañaba como capitán del Cuerpo de Bomberos de Valledupar. No obstante, se definió la prescripción de la acción penal por vencimiento de términos que había solicitado la defensa en la anterior audiencia.
Luego de decretarse la prescripción de la acción penal, en tanto han pasado más de 3 años desde la formulación de imputación y hasta el momento no se ha arribado una decisión definitiva, esta petición fue escuchada por todas las partes, pero la Fiscalía y el representante de víctimas se opusieron a la misma argumentando razones de índole jurídico considerando que el despacho debía analizar con cuidado esta petición porque se trataba de una conducta punible que se había cometido con un curso homogéneo y sucesivo y eso probablemente hacía que los términos para la figura de la prescripción de la acción penal se aumentará.
La formulación de imputación fue realizada el 30 de septiembre del 2020 ante el Juzgado 3 Penal Municipal con funciones de control de garantías de Valledupar.
Cabe recordar que, según la Fiscalía, “desde agosto del 2015 hasta el año 2016, con posterioridad a la desvinculación laboral, en las instalaciones del Cuerpo Voluntarios de Valledupar, en horas de la noche Lúquez Alvarado empezó a acosar sexualmente a Alix Marcela Cudris Ruiz, quien era su subalterna, y en varias oportunidades intentó besarla y tocarla y al no ser permitido por la víctima le hacía ofrecimientos de dinero y viajes con tal de que se acostara con él. También le hacía entender que su estancia laboral dependía de que pretendiera a las peticiones sexuales”.
La solicitud de prescripción fue negada por el juez conforme a lo estipulado en el punto sexto del artículo 83 del Código Penal que señala que un servidor público que en ejercicio de las funciones realice una conducta punible o participe en ella el término de prescripción se aumentará en la mitad. Por esta razón, y otros hechos jurídicos el juez consideró que se debe apegar a esta articulación normativa, incrementando el tiempo hasta un año y seis meses más para llegar a una decisión definitiva.
Una vez negada la solicitud de prescripción, el abogado del procesado, Jefferson Camaño Castro, solicitó aplazar la audiencia de juicio oral porque tenía otros compromisos legales, y al estar de acuerdo todas las partes quedó programada para el próximo 19 de marzo a las 2 p. m. donde participarán testigos de la Fiscalía.
El delito de acoso sexual tiene establecida una pena de prisión de uno a tres años.
Oscar Guillermo Lúquez Alvarado actualmente es oficial del Cuerpo de Bomberos Voluntarios de Valledupar, también hace parte del consejo de oficiales que es la máxima autoridad de los bomberos y se desempeña como coordinador departamental de bomberos. No obstante, la ley bomberil en la resolución 1127 dice que cualquier miembro que sea investigado por acoso sexual será destituido porque los bomberos deben tener una conducta intachable.