SALUD

Nuevo decreto en Valledupar sancionará a establecimientos públicos que nieguen servicio de baños: será gratuito para este grupo de personas

En Valledupar, los locales pueden cobrar hasta 500 pesos por el uso del baño, excepto a niños, mujeres embarazadas, adultos mayores y personas con discapacidad, quienes deben acceder gratis.

Decreto 0847 de 2025 establece que el cobro por el servicio de baño debe ser máximo de 500 pesos en Valledupar. Foto: Referencia.

Decreto 0847 de 2025 establece que el cobro por el servicio de baño debe ser máximo de 500 pesos en Valledupar. Foto: Referencia.

canal de WhatsApp

En una medida orientada a fortalecer la convivencia y garantizar derechos ciudadanos, la Alcaldía de Valledupar expidió el Decreto 0847 de 2025, que establece las condiciones para la prestación y el cobro del servicio de baños públicos en establecimientos de comercio abiertos al público, como tiendas, restaurantes y centros comerciales.

El decreto, firmado por el alcalde Ernesto Miguel Orozco Durán, establece que todos los establecimientos mencionados están obligados a prestar el servicio de baño a niños, niñas, mujeres en estado de embarazo, adultos mayores y personas con discapacidad, “sin importar que los mismos sean sus clientes o no”. 

Esta obligación, subraya el texto, refrenda principios constitucionales encaminados a asegurar la dignidad humana y la solidaridad social, tal como se señala en sus considerandos: “Colombia es un Estado social de derecho, organizado en forma de República unitaria, descentralizada, con autonomía de sus entidades territoriales, democrática, participativa y pluralista, fundada en el respeto de la dignidad humana”.

Máximo 500 pesos por uso del baño en Valledupar

Asimismo, el decreto permite a los establecimientos cobrar un valor máximo de quinientos pesos por el uso del baño a aquellas personas que no sean clientes, excepto a los grupos protegidos anteriormente mencionados, a quienes el servicio debe prestarse gratuitamente. 

Esta regulación busca equilibrar el derecho de acceso con la sostenibilidad económica de los negocios. Según el artículo segundo, “los establecimientos de comercio y/o similares abiertos al público podrán cobrar el servicio de baño a las personas que lo soliciten. Se exceptúan de dicho cobro las personas relacionadas en el artículo anterior y aquellas personas que sean clientes del establecimiento de comercio”.

El decreto también establece las garantías de calidad e higiene del servicio. En el artículo quinto, se indica que “el servicio de baños […] deberá observar las normas de higiene y limpieza de tal manera que se provea un aseo óptimo y permanente”, y que los baños “deberán contar con elementos necesarios que demanden dicho servicio, como papel higiénico, jabón líquido, lavamanos, cestas de basura y demás que se requieran”. 

Inspecciones por parte de la Secretaría de Salud

La Secretaría de Salud Municipal queda facultada para realizar inspecciones en cualquier momento con el fin de verificar el cumplimiento de estas condiciones.

En cuanto al control y sanciones, el Decreto asigna a la Policía Nacional y a la Secretaría de Gobierno la vigilancia del cumplimiento mediante la Inspección de Policía de Protección al Consumidor. 

Al respecto, el documento indica: “El propietario o responsable de cualquier establecimiento de comercio abierto al público que infrinja lo dispuesto, en el presente Decreto será sancionado con la imposición de la medida correctiva de Multa General Tipo 1 o suspensión temporal de actividad”. Esta medida busca garantizar que el servicio no solo sea accesible sino también ofrecido con las condiciones básicas de calidad.

Un avance en convivencia ciudadana

La regulación responde a un marco legal que busca propiciar una convivencia respetuosa en espacios públicos y privados que trascienden a lo público, tal como lo señala el Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana (Ley 1801 de 2016), cuyo objetivo es “propiciar en la comunidad comportamientos que favorezcan la convivencia en el espacio público, áreas comunes, lugares abiertos al público o que siendo privados trasciendan a lo público”.

Con la expedición del Decreto 0847 de 2025, Valledupar avanza en el cumplimiento de su función administrativa para garantizar los derechos de sus habitantes y regular aspectos fundamentales para la convivencia en la ciudad, reafirmando el compromiso por un entorno urbano ordenado, justo y solidario.

Por: Redacción EL PILÓN

Temas tratados
  • Cesar
  • valledupar

TE PUEDE INTERESAR