Un tema que ya parecía página del pasado ha vuelto a revivir en estos días cuando se conoció que el Consejo de Estado admitió una acción de tutela en contra de los artistas reguetoneros que interpretan la tristemente célebre canción +57. Entre las pretensiones de los accionantes está el retiro de la canción de las plataformas digitales, todo esto para “el amparo de sus derechos fundamentales a la dignidad humana, derechos fundamentales de los niños niñas y adolescentes, libre desarrollo de la personalidad y trato digno”. Aunque no es claro qué derecho fundamental se viola con la canción, el tema reavivó la polémica, en varias de las cuales he participado desde tertulias virtuales de actores de la música.
Ya a finales del año anterior, cuando el tema y la indignación que produjo la canción estaba candente, la senadora Karina Espinosa salió a proponer una iniciativa legislativa que implementara sanciones contra los artistas, en general, que graben letras “indecentes” en sus canciones. Nunca una canción había merecido tanta indignación y rechazo hasta del presidente Petro y pronunciamientos desde el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar.
Karina Espinosa es la misma senadora que propuso la ley “Cero cacho” para eliminar la infidelidad en el país. También fue la más enardecida en este tema y llegó a proponer que no solo los artistas de +57 sino de cualquier género cuyas canciones sean humillantes contra menores de edad o las mujeres tendrían que “reparar el daño y promocionar música decente”. Llegó incluso a publicar su propia lista de canciones del reguetón que debían ser censuradas y sus intérpretes sancionados: La Groupie, Delincuente, Cuatro Babys y La Quemona estaban entre las 15 “infames” de su lista. “La reparación la tendrán que hacer los cantautores y autores de estos contenidos que han hecho tanto daño a niños, niñas, adolescentes y mujeres”, sostenía la senadora para entonces.











