A través del decreto 1076 del 28 de julio de 2020 que establece el aislamiento preventivo obligatorio en Colombia hasta el 30 de agosto, el Gobierno nacional estipuló varias excepciones para los municipios con baja, moderada y alta afectación de covid-19, en los que sus mandatarios podrán iniciar pilotos para la reapertura de nuevos sectores con la previa autorización del Ministerio del Interior.
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Entre los permisos que podrán otorgarse en la nueva extensión de la cuarentena en el país está la reapertura de las iglesias en los municipios de moderada y alta afectación, cumpliendo los protocolos de bioseguridad exigidos por el Ministerio de Salud.











