La defensa consideró que la exhumación del cuerpo del artista de música vallenata ya no era necesaria para demostrar la inocencia del exconductor del cantante.
A través de un oficio conocido por EL PILÓN, el abogado defensor Raúl Alfonso Gutiérrez Romero, dio a conocer ante el Juzgado Tercero Penal Municipal de Sincelejo con funciones de Control de Garantías su interés de desistir de la audiencia preliminar para solicitar la exhumación del cadáver del fallecido artista de música vallenata Martín Elías.
Lee también: Avalan prueba que demostraría que accidente de Martín Elías fue un homicidio
El jurista Gutiérrez Romero, quien representa los intereses del conductor Armando Quintero Ponce, argumentó que ya no veía necesario seguir adelante con dicha petición.
“Lo anterior, en consideración a que en reunión celebrada entre el equipo de la defensa y el doctor Aníbal Navarro Escobar, de la firma Aníbal Navarro Médicos Forenses, quien nos asesora, concluimos que los aspectos que se perseguían establecer con una segunda necropsia se pueden determinar con el interrogatorio a los médicos que lo atendieron en el hospital de San Onofre, en la Clínica Santa María de Sincelejo y el galeno que elaboró el informe de necropsia, conforme a lo ordenado en la audiencia preparatoria, llevada a cabo el 13 de julio pasado por el Juzgado Cuarto Penal del Circuito de Sincelejo”, reza el oficio dirigido al despacho judicial.
El documento fue enviado desde el pasado 14 de agosto y por eso la audiencia de control de garantías programada para las 11:30 de la mañana de hoy no se materializará.
No dejes de leer: Martín Elías: entre anécdotas y vivencias
Al respecto, el abogado Oscar Sierra Fajardo, representante de víctima, consideró que era oportuno el retiro de la solicitud. “Celebramos esta decisión, pues la consideramos respetuosa de los derechos de las víctimas, ya que la práctica de esta prueba es innecesaria ante la contundencia de las pruebas de la Fiscalía General de la Nación, que advierten que el accidente de tránsito causado por la velocidad de 159 Km/h a la que se desplazaba el vehículo, fue la causa de muerte del cantante”, dijo Sierra Fajardo.
La diligencia se iba a realizar en el marco del proceso contra Armando Quintero Ponce, investigado por el posible delito de homicidio culposo.
Quintero Ponce era el conductor de vehículo de placas IWQ 913 de Bogotá, color blanco, en el que se accidentó el cantante Martín Elías cuando regresaba de cumplir con un concierto en el municipio de Coveñas en abril de 2017.
Los hechos sucedieron en el sector de Aguas Negras, ubicado entre los municipios de Lorica y San Onofre.
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Las primeras hipótesis de los hechos entregadas por la Policía en el momento apuntaron a que el siniestro se produjo “por el exceso de velocidad y mal estado de la vía”.
Es así que en la audiencia preparatoria realizada el pasado 13 de julio, el ente investigador pidió avalar como elemento material probatorio un informe que realizó Automotores Toyota Colombia S. A. S. ATC, para conocer “con precisión la velocidad que llevaba el automotor al momento de la colisión” y el cual el juez avaló.
El inicio de juicio oral está programado para el próximo 30 de septiembre ante el Juzgado Cuarto Penal del Circuito de Sincelejo con función de Conocimiento.
Por Marllelys Salinas Mercado / EL PILÓN
[email protected]
La defensa consideró que la exhumación del cuerpo del artista de música vallenata ya no era necesaria para demostrar la inocencia del exconductor del cantante.
A través de un oficio conocido por EL PILÓN, el abogado defensor Raúl Alfonso Gutiérrez Romero, dio a conocer ante el Juzgado Tercero Penal Municipal de Sincelejo con funciones de Control de Garantías su interés de desistir de la audiencia preliminar para solicitar la exhumación del cadáver del fallecido artista de música vallenata Martín Elías.
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El jurista Gutiérrez Romero, quien representa los intereses del conductor Armando Quintero Ponce, argumentó que ya no veía necesario seguir adelante con dicha petición.
“Lo anterior, en consideración a que en reunión celebrada entre el equipo de la defensa y el doctor Aníbal Navarro Escobar, de la firma Aníbal Navarro Médicos Forenses, quien nos asesora, concluimos que los aspectos que se perseguían establecer con una segunda necropsia se pueden determinar con el interrogatorio a los médicos que lo atendieron en el hospital de San Onofre, en la Clínica Santa María de Sincelejo y el galeno que elaboró el informe de necropsia, conforme a lo ordenado en la audiencia preparatoria, llevada a cabo el 13 de julio pasado por el Juzgado Cuarto Penal del Circuito de Sincelejo”, reza el oficio dirigido al despacho judicial.
El documento fue enviado desde el pasado 14 de agosto y por eso la audiencia de control de garantías programada para las 11:30 de la mañana de hoy no se materializará.
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Al respecto, el abogado Oscar Sierra Fajardo, representante de víctima, consideró que era oportuno el retiro de la solicitud. “Celebramos esta decisión, pues la consideramos respetuosa de los derechos de las víctimas, ya que la práctica de esta prueba es innecesaria ante la contundencia de las pruebas de la Fiscalía General de la Nación, que advierten que el accidente de tránsito causado por la velocidad de 159 Km/h a la que se desplazaba el vehículo, fue la causa de muerte del cantante”, dijo Sierra Fajardo.
La diligencia se iba a realizar en el marco del proceso contra Armando Quintero Ponce, investigado por el posible delito de homicidio culposo.
Quintero Ponce era el conductor de vehículo de placas IWQ 913 de Bogotá, color blanco, en el que se accidentó el cantante Martín Elías cuando regresaba de cumplir con un concierto en el municipio de Coveñas en abril de 2017.
Los hechos sucedieron en el sector de Aguas Negras, ubicado entre los municipios de Lorica y San Onofre.
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Las primeras hipótesis de los hechos entregadas por la Policía en el momento apuntaron a que el siniestro se produjo “por el exceso de velocidad y mal estado de la vía”.
Es así que en la audiencia preparatoria realizada el pasado 13 de julio, el ente investigador pidió avalar como elemento material probatorio un informe que realizó Automotores Toyota Colombia S. A. S. ATC, para conocer “con precisión la velocidad que llevaba el automotor al momento de la colisión” y el cual el juez avaló.
El inicio de juicio oral está programado para el próximo 30 de septiembre ante el Juzgado Cuarto Penal del Circuito de Sincelejo con función de Conocimiento.
Por Marllelys Salinas Mercado / EL PILÓN
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