El Juzgado Tercero Administrativo de Valledupar sancionó de forma pecunaria con cinco salarios mínimos legales mensuales vigentes ($4.5 millones) al rector de la Universidad Popular del Cesar, UPC, Alberto Luis Cuello, por desacato a la sentencia de tutela de fecha 8 de marzo de 2021, proferida por el mismo juzgado, en la cual se ordenaba “amparar el derecho fundamental al debido proceso administrativo del señor Edgardo José Remicio Díaz”, quien había sido desvinculado de la UPC.
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En el segundo punto del primer fallo, el juzgado ordenaba al rector de la Universidad Popular del Cesar, en su calidad de nominador, que en el término de 48 horas contadas a partir de la notificación de esa providencia, en caso de mantener la decisión de desvincular a Edgardo José, procediera “a motivar tal determinación, realizando al menos una mínima evaluación a la hoja de vida y al servicio prestado por el demandante, que justifique la necesidad y proporcionalidad de la medida adoptada, esto es, la de prescindir de sus servicios”.
Según determinó el juzgado en el último fallo, “como la accionada no motivó la determinación de prescindir de los servicios del señor Edgardo Remicio Díaz para el periodo académico 2021-1, y tampoco ha demostrado haber cumplido con la orden subsidiaria consagrada en el numeral tercero del multicitado fallo, se estima incurrió en desacato”.
Por último, el juzgado explicó que independientemente de la sanción, el rector tiene la obligación de cumplir con la orden establecida en el numeral tercero del fallo de tutela del 8 de marzo de 2021, el cual obligaba a la universidad a “vincular al accionante en la forma en que venía desempeñándose en el periodo académico 2020- 2, ello como mecanismo transitorio de amparo”, esto en caso de que, tal como pasó según lo determinó el juez, la UPC se abstuviera de cumplir lo ordenado en el numeral anterior.
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Recién llegado a su cargo, el rector de la UPC señaló a este diario que no se vincularon algunos docentes por no tener los títulos de posgrados necesarios. “Eso no fue un despido porque ellos no estaban vinculados a la universidad. El profesor ocasional de medio tiempo o tiempo completo y el profesor catedrático es trabajador de la institución cada 4 meses, ellos en diciembre y enero no son trabajadores de la universidad, tampoco en julio y agosto, así que no hubo despidos ni tampoco una masacre laboral. Se aplicó el Acuerdo 006 del 23 de abril del 2018, que dice taxativamente que la Universidad Popular del Cesar no puede contratar a docentes que no tengan una especialización. No se despidieron porque no estaban contratados”, dijo entonces Cuello Mendoza.