Después de que líderes de la comunidad de Aguas Blancas presentaran un derecho de petición para comprobar cuál es la destinación que se le está dando a los dineros recaudados del contrato 007 de 2010, en el proyecto Ruta del Sol Tercer Sector, ante la Agencia Nacional de Infraestructura, esta entidad entregó una respuesta a dicha inquietud.
La ANI hizo claridad en que por diferencia entre los contratos de concesión y los contratos de obra pública, los recursos públicos que a ellos se destinen se ejecutan en distinta forma. Así se expone en dicho documento que por el objeto del contrato “la retribución al concesionario proviene de una bolsa de recursos consistentes en vigencias futuras y recaudo de peajes que, sin perjuicio de la vigencia, fase o estado del proyecto, cubrirá las todas las obligaciones del concesionario contempladas en la sección 2.05 del contrato de concesión, tales como obras de construcción, rehabilitación y mejoramiento, gestiones ambientales y prediales, garantías, diseños, financiación, etc”.
De esta forma, finaliza la ANI, no es viable acceder a la petición de la comunidad dado que es una obligación que debe mantenerse vigente y que desde el punto de vista financiero se debe mantener el equilibrio económico del mismo contrato y no alterar el Vpit (Valor Presente de los Ingresos Totales).










