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Los 60 minutos para infractores ya no son opcionales para la Policía

De manera provisional, autoridades de Tránsito deben garantizar una hora a los conductores para que subsanen algunas infracciones.

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Los 60 minutos para infractores ya no son opcionales para la Policía

Los 60 minutos para infractores ya no son opcionales para la Policía

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De manera provisional, autoridades de Tránsito deben garantizar una hora a los conductores para que subsanen algunas infracciones. Ya no es discreción de la Policía. Esto, debido a que el Consejo de Estado decretó la suspensión provisional de la palabra “Podrá” del artículo tercero de la Resolución 3027 de 2010 del Ministerio de Transporte, en atención a una demanda del abogado Melkis Kammerer, quien explicó que con esta palabra se violaban los derechos de los conductores.

“¿Qué sucede? Que el artículo 125 del Código Nacional de Tránsito establece que cuando la infracción se subsane en el lugar de los hechos no da lugar a inmovilización, sobre esa medida, sobre ese artículo el Ministerio de Transporte de forma ilegal manifestó y reglamentó que sí, que tendrán que conceder los 60 minutos para que el presunto infractor subsane la infracción en el lugar de los hechos, pero esa palabra ‘Podrá’ que autoriza a la Policía de Transito nunca la cumple porque el objetivo de ellos es inmovilizar el vehículo”, indicó el abogado.

Según el demandante, más de tres millones de inmovilizaciones se han realizado en el país por agentes que se basan en ese artículo.

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