Luego de los 60 años, trabajar para muchas personas se convierte en un acto de sacrificio, especialmente cuando no se ejerce una profesión o cuando el hogar se encuentra en zonas rurales. En muchos casos, quienes llegan a esta etapa de la vida reciben el apoyo de sus hijos ya independientes; sin embargo, otros adultos mayores enfrentan el abandono de sus descendientes pese a sus necesidades.
Para estas situaciones existe la Ley 1251 de 2008, que en Colombia obliga a integrar la protección de la persona de la tercera edad en el desarrollo familiar y social, complementando las normas de responsabilidad familiar establecidas en el Código Civil.
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¿Qué dice la Corte Suprema?
A raíz del caso de un adulto mayor de 80 años, residente en zona rural, cuya cuota alimentaria fue reducida unilateralmente de $60.000 a $30.000 tras el fallecimiento de su esposa, la Corte Suprema de Justicia fijó una posición clara. El hombre, quien vivía solo y dependía exclusivamente de sus hijos, llevó el proceso ante un juzgado de familia para reclamar sus derechos.
Frente a este escenario, la Corte falló a favor de que los adultos mayores pueden solicitar una cuota mensual alimentaria a sus hijos cuando ya no pueden valerse por sí mismos. El alto tribunal reiteró que el monto fijado judicialmente no puede ser reducido de manera unilateral, sino únicamente mediante un debido proceso.










