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¿Fue jurado de votación? Conozca aquí cómo pedir el día compensatorio

“Los ciudadanos seleccionados como jurados de votación tienen derecho a un día de descanso compensatorio remunerado”

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El pasado domingo 13 de marzo se llevaron a cabo las elecciones en las que los colombianos eligieron senadores y representantes a la Cámara, además de votar en las consultas interpartidistas.


Para la jornada, miles de colombianos fueron seleccionados para participar como jurados de votación, encargados de vigilar que en cada mesa de votación todo transcurriera de manera normal e imparcial.


De acuerdo a la Registraduría, el artículo 105 del Código Electoral indica que “los ciudadanos seleccionados como jurados de votación tienen derecho a un día de descanso compensatorio remunerado, que puede hacerse efectivo frente al respectivo empleador dentro de los cuarenta y cinco (45) días siguientes a la fecha de la elección”.

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