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Corte ordena el pago de horas extras a trabajadores solo por estar disponibles

Corte Suprema de Justicia emitió una tutela mediante la cual ordena a un empleador el pago de horas extras a los trabajadores que están “disponibles” para desempeñar sus funciones, sin necesidad de desplazarse al lugar de trabajo.

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Tras una demanda impuesta  por cuatro empleados de la Empresa de Telecomunicaciones de Pereira S.A que buscaban que sus empleadores les reconocieran el pago de salarios y prestaciones sociales de ley por exceder la jornada de trabajo, la Corte Suprema de Justicia emitió una tutela mediante la cual ordena a un empleador el pago de horas extras a los trabajadores que están “disponibles” para desempeñar sus funciones, sin necesidad de desplazarse al lugar de trabajo.

El alto tribunal señaló que por el hecho de estar “disponible”, el empleado tiene derecho a “devengar una jornada suplementaria, así́ no sea llamado efectivamente a desarrollar alguna tarea”, ya que de algún modo no puede “desarrollar actividad alguna de tipo personal o familiar, pues debe estar presto al llamado de su empleador y de atender algún inconveniente relacionado con los servicios prestados por la demandada”.

Ante el fallo que beneficia a miles de trabajadores colombianos, la ministra de Trabajo, Griselda Restrepo  recomendó a las empresas  revisar los mecanismos y expresó “porque uno no puede pedirle a un trabajador que esté disponible sin compartir con su familia”.

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