La normatividad de visados en Colombia cambió hace poco con la Resolución 6045 del 2017 , la cual entrará en vigencia el próximo 15 de diciembre.
Según el diario El Portafolio, la nueva medida que le dará un giro al sistema de visas del país, el Ministerio de Relaciones Exteriores fijó tres tipos de categoría: V (visitantes), M (migrantes) y R (residentes), (tipo V), para migrantes (tipo M) y para residentes (tipo R). Cada documento tiene unas características, condiciones y beneficios especiales.
Visa de visitante (tipo V)
Este tipo de visa es destinada para los extranjeros que quieran visitar una o varias veces el país o quedarse temporalmente sin radicarse en él con fines turísticos, académicos, médicos, de ocio, culturales, profesionales, gestiones de negocios, trámites de inversión directa, celebración de contratos, representación comercial y constitución de sociedades comerciales. También a quienes participen en temas relacionados con el arte, deportes o quienes visiten la nación para cubrimientos periodísticos.











