Los cánones de arrendamiento de vivienda urbana del país se podrán incrementar hasta el 3,18 %, es decir, que se elevan al mismo ritmo de la inflación causada durante el año anterior según lo establecido en la Ley 820 de 2003. Así lo anunció la Federación de Lonjas de Propiedad Raíz, Fedelonjas.
Según la presidenta de la entidad que agrupa a los profesionales inmobiliarios, María Clara Luque, los arrendamientos no se incrementan automáticamente en enero sino cuando el contrato cumple 12 meses de haberse firmado o del último incremento. Así mismo, el aumento definido es legal siempre y cuando “este no supere el 1 % del valor comercial del inmueble o de la parte que se encuentre arrendada”, agregó la funcionaria.
Cabe recordar que este reajuste no aplica para contratos de arrendamiento de inmuebles para uso comercial. En estos casos, tanto el valor como el incremento deberán acordarse entre las partes o de acuerdo a lo que quedó consignado en el contrato.










