Hoy es la fecha límite para que los empleadores del Cesar y del resto del país consignen las cesantías correspondientes al periodo 2017 de los 7,2 millones de trabajadores afiliados a Fondos de Cesantías.
El abogado, especialista en Derecho Laboral y Seguridad Social, Antonio Junieles Araújo, explicó que las cesantías son un auxilio que le da el empleador a todo trabajador con el objeto que cuente con un recurso en el momento que quede cesante o finalice su contrato de trabajo; no obstante, el trabajador puede disponer de dicho recurso siempre y cuando se invierta en educación, compra o mejoramiento de vivienda, bien sea para él o para sus familiares en el primer grado de consanguinidad: hijos o conyugue.
“Este auxilio equivale a un mes de salario por cada año laboral y el empleador se encuentra en la obligación de hacer la consignación ante el respectivo fondo de cesantías que haya escogido el trabajador y solo podrá retirarse para las situaciones anteriormente expuestas, o ante la finalización del contrato. Si no se cumple con la obligación de afiliar el trabajador y consignarle el valor de sus cesantías antes del 14 de febrero al año siguiente a la causación de las mismas, el artículo 99 de la Ley 50 DE 1.900 establece sanción moratoria en contra del empleador, que equivale a un día de salario por cada día de retardo que sufra en la consignación del valor de dicho auxilio”, indicó.










