Los trabajadores vinculados laboralmente a una empresa se preparan para recibir la prima, un salario que reciben de manera extra y el cual se divide en dos, el 50% en cancelado en junio y el otro en diciembre.
El empleador está obligado a pagarle a sus empleados la prima para lo cual tiene como plazo máximo el 30 de junio. En esta prestación económica a las empleadas del servicio doméstico, los conductores de servicio familiar, las personas que son contratadas por días o en fincas.
A voz de expertos como el contador José Henriquez David, este es un recurso extra que como al empleado casi no le alcanza el sueldo que recibe, lo destina a cosas imprevistas que le surgen, caso del pago de matrícula universitarias de los hijos, un viaje o lo que en ese momento necesite.










