El Gobierno colombiano expidió el decreto con el que prohíbe la exportación de carbón a Israel. El documento fue firmado por los ministros de Hacienda, Minas y Comercio, y la medida entrará en vigor cinco días después de su publicación en el diario oficial.
El documento cuenta con unas excepciones y en estas se expone que la medida no aplicará para aquella mercancía que, antes de la entrada en vigor del decreto, “esté amparada con una solicitud de autorización de embarque presentada y aceptadas por la DIAN o con formulario de movimiento”.
También eximen a “la Sociedades de Comercialización Internacional autorizadas que, antes de la entrada en vigencia de este decreto, hubieren expedido el certificado al proveedor”. Así mismo, exime a los “negocios jurídicos perfeccionados hasta la entrada en vigencia del presente decreto, que generan una situación jurídica consolidada o una expectativa legítima”.










