De los procesados el único que fue declarado inocente fue Alejandro Malkun Oyaga, al considerarse que no había pruebas en su contra.
Seis exconcejales de Chiriguaná fueron declarados culpables del delito de prevaricato por acción por actuar de forma irregular en la elección del personero municipal para el periodo 2016-2020.
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Los exfuncionarios Walter García Machado, Ernesto Javier López Salazar, Jaime Enrique Cadena Muñoz, Iván Antonio Cadena Rivera, Alexander Barragán y Miguelona Orta Montecristo, se exponen a una condena en prisión por haber elegido para personera a Luzoan Caro Padilla, pese a que no fue la de mejor puntaje en el concurso de meritocracia.
Otro grupo de exconcejales también deberán responder por el delito de fraude a resolución judicial por no acatar las providencias judiciales que apartaban del cargo a Caro Padilla. Estos son Walter García Machado, Alexander Barragán y Miguelina Orta Montecristo.
Así lo decidió el Juzgado Segundo Penal del Circuito con función Conocimiento de Valledupar, la mañana del martes, en la audiencia de sentido de fallo que emitió de carácter condenatorio.
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El juez Leonel Romero Ramírez consideró que estaba claro que los exconcejales actuaron de manera premeditada para favorecer ciertos intereses. “Varias son las situaciones irregulares que se presentaron, fíjense por ejemplo, que en esa elección, llama la atención, a pesar que la Fiscalía no lo resaltó como cargo, que supuestamente mediante la resolución 004 del 10 de enero de 2016 se modificó la lista de elegibles y la resolución 019 de 2015 establece en el artículo 52 que la lista de elegibles debe estar en firme para la elección y publicada en la página web de la Alcaldía Municipal y Personería, al igual que emisora local”, aseveró Romero Ramírez.
De los procesados el único que fue declarado inocente de todos los cargos fue Alejandro Malkun Pallares al considerarse que no había pruebas en su contra. “En el acta se observa los que votaron y se dejó una constancia que el concejal Alejandro Malkun se abstuvo de votar, entonces el acto prevaricador no le es atribuible y tampoco aparece expidiendo como integrante de la mesa directiva, por ello se absolverá”, añadió el juez.
Las irregularidades de la elección fueron puestas en conocimiento por el abogado Pedro Peinado, el ganador para el cargo de personero en el concurso de meritocracia.
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Las pruebas de conocimientos fueron aplicadas por la Universidad de Cundinamarca, contratada para la elección, siendo el de mayor puntaje Pedro Peinado; el segundo, John Dagil Ramírez, y la tercera Luzoan Caro Padilla.
Por eso, el Juzgado Octavo Administrativo de Valledupar anuló en el año 2016 la elección de Luzoan Caro Padilla, como personera del municipio de Chiriguaná.
Además, después de un largo trámite Peinado pudo cumplir con las funciones del cargo.
Así las cosas, el Juzgado Segundo Penal del Circuito estableció que el próximo 14 de diciembre dará a conocer los años que purgarán los exfuncionarios por los cargos endilgados por la Fiscalía 5 seccional, representada por Johan Ustáriz.
De los procesados el único que fue declarado inocente fue Alejandro Malkun Oyaga, al considerarse que no había pruebas en su contra.
Seis exconcejales de Chiriguaná fueron declarados culpables del delito de prevaricato por acción por actuar de forma irregular en la elección del personero municipal para el periodo 2016-2020.
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Los exfuncionarios Walter García Machado, Ernesto Javier López Salazar, Jaime Enrique Cadena Muñoz, Iván Antonio Cadena Rivera, Alexander Barragán y Miguelona Orta Montecristo, se exponen a una condena en prisión por haber elegido para personera a Luzoan Caro Padilla, pese a que no fue la de mejor puntaje en el concurso de meritocracia.
Otro grupo de exconcejales también deberán responder por el delito de fraude a resolución judicial por no acatar las providencias judiciales que apartaban del cargo a Caro Padilla. Estos son Walter García Machado, Alexander Barragán y Miguelina Orta Montecristo.
Así lo decidió el Juzgado Segundo Penal del Circuito con función Conocimiento de Valledupar, la mañana del martes, en la audiencia de sentido de fallo que emitió de carácter condenatorio.
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El juez Leonel Romero Ramírez consideró que estaba claro que los exconcejales actuaron de manera premeditada para favorecer ciertos intereses. “Varias son las situaciones irregulares que se presentaron, fíjense por ejemplo, que en esa elección, llama la atención, a pesar que la Fiscalía no lo resaltó como cargo, que supuestamente mediante la resolución 004 del 10 de enero de 2016 se modificó la lista de elegibles y la resolución 019 de 2015 establece en el artículo 52 que la lista de elegibles debe estar en firme para la elección y publicada en la página web de la Alcaldía Municipal y Personería, al igual que emisora local”, aseveró Romero Ramírez.
De los procesados el único que fue declarado inocente de todos los cargos fue Alejandro Malkun Pallares al considerarse que no había pruebas en su contra. “En el acta se observa los que votaron y se dejó una constancia que el concejal Alejandro Malkun se abstuvo de votar, entonces el acto prevaricador no le es atribuible y tampoco aparece expidiendo como integrante de la mesa directiva, por ello se absolverá”, añadió el juez.
Las irregularidades de la elección fueron puestas en conocimiento por el abogado Pedro Peinado, el ganador para el cargo de personero en el concurso de meritocracia.
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Las pruebas de conocimientos fueron aplicadas por la Universidad de Cundinamarca, contratada para la elección, siendo el de mayor puntaje Pedro Peinado; el segundo, John Dagil Ramírez, y la tercera Luzoan Caro Padilla.
Por eso, el Juzgado Octavo Administrativo de Valledupar anuló en el año 2016 la elección de Luzoan Caro Padilla, como personera del municipio de Chiriguaná.
Además, después de un largo trámite Peinado pudo cumplir con las funciones del cargo.
Así las cosas, el Juzgado Segundo Penal del Circuito estableció que el próximo 14 de diciembre dará a conocer los años que purgarán los exfuncionarios por los cargos endilgados por la Fiscalía 5 seccional, representada por Johan Ustáriz.