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Colombia - 3 marzo, 2020

Corte deja en firme las tres causales del aborto en Colombia

Con seis votos en contra, la ponencia del magistrado Alberto Linares que buscaba despenalizar el aborto en Colombia, fue derrotada por la Corte Constitucional.

La ponencia del magistrado Alberto Linares que buscaba despenalizar el aborto en Colombia hasta la semana 16 de gestación fue derrotada en la Sala Extraordinaria de la Corte Constitucional con seis votos en contra y tres a favor.

Durante el debate cada magistrado expuso su punto de vista sobre el tema por lo que la hipótesis del ponente no alcanzó el umbral para que fuera aprobada. Los juristas mencionaron que la ponencia carecía de certeza, pertinencia y que no guardaba coherencia.

Lee también: Corte busca despenalizar el aborto en los primeros tres meses de embarazo

Linares solo tuvo el aval del magistrado Alberto Rojas Ríos y José Fernando Reyes, mientras que sus opositores siempre fueron los magistrados Carlos Bernal, Cristina Pardo y Luis Guillermo Guerrero.

Será ahora el magistrado Antonio José Lizarazo, el ponente del tema y quien se encargue de recolectar las hipótesis de sus compañeros.

Tras conocerse la decisión de la Corte Constitucional, el aborto en Colombia seguirá siendo permitido solo en las tres causales que fueron establecidas por el mismo alto tribunal en el 2006: 1) Cuando existe peligro para la salud física o mental de la mujer; 2) cuando el producto de la gestación no tenga posibilidad de sobrevivir al separarse de la madre, y 3) cuando el embarazo sea producto de violación o incesto.

La ponencia de Alberto Linares exponía que las mujeres podían interrumpir de manera voluntaria su embarazo hasta las 16 semanas, sin incurrir en ningún delito, así el procedimiento no esté enmarcado en las tres causales de aborto que el tribunal avaló desde 2006.

Te puede interesar: Se apagó la voz de Armando Hinojosa, el ‘Piloto de Corea’

Ante eso, el presidente Iván Duque dijo que recibía el pronunciamiento con tranquilidad de que se mantuviera la línea jurisprudencial de la Corte Constitucional desde 2006. Además, una vez más expresó que era una persona “provida” al considerar que “la vida empieza desde la concepción”.

En Colombia, a nivel jurisprudencial, hace ya varios años hubo un pronunciamiento en el que se establecía que, bajo el principio provida de nuestra Constitución, existieron unas circunstancias excepcionalísimas, como era el peligro en la vida de la madre, la malformación genética no compatible con la vida o el acceso carnal violento”, dijo Duque desde Washington, Estados Unidos.

Con información de El País.

Colombia
3 marzo, 2020

Corte deja en firme las tres causales del aborto en Colombia

Con seis votos en contra, la ponencia del magistrado Alberto Linares que buscaba despenalizar el aborto en Colombia, fue derrotada por la Corte Constitucional.


La ponencia del magistrado Alberto Linares que buscaba despenalizar el aborto en Colombia hasta la semana 16 de gestación fue derrotada en la Sala Extraordinaria de la Corte Constitucional con seis votos en contra y tres a favor.

Durante el debate cada magistrado expuso su punto de vista sobre el tema por lo que la hipótesis del ponente no alcanzó el umbral para que fuera aprobada. Los juristas mencionaron que la ponencia carecía de certeza, pertinencia y que no guardaba coherencia.

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Linares solo tuvo el aval del magistrado Alberto Rojas Ríos y José Fernando Reyes, mientras que sus opositores siempre fueron los magistrados Carlos Bernal, Cristina Pardo y Luis Guillermo Guerrero.

Será ahora el magistrado Antonio José Lizarazo, el ponente del tema y quien se encargue de recolectar las hipótesis de sus compañeros.

Tras conocerse la decisión de la Corte Constitucional, el aborto en Colombia seguirá siendo permitido solo en las tres causales que fueron establecidas por el mismo alto tribunal en el 2006: 1) Cuando existe peligro para la salud física o mental de la mujer; 2) cuando el producto de la gestación no tenga posibilidad de sobrevivir al separarse de la madre, y 3) cuando el embarazo sea producto de violación o incesto.

La ponencia de Alberto Linares exponía que las mujeres podían interrumpir de manera voluntaria su embarazo hasta las 16 semanas, sin incurrir en ningún delito, así el procedimiento no esté enmarcado en las tres causales de aborto que el tribunal avaló desde 2006.

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Ante eso, el presidente Iván Duque dijo que recibía el pronunciamiento con tranquilidad de que se mantuviera la línea jurisprudencial de la Corte Constitucional desde 2006. Además, una vez más expresó que era una persona “provida” al considerar que “la vida empieza desde la concepción”.

En Colombia, a nivel jurisprudencial, hace ya varios años hubo un pronunciamiento en el que se establecía que, bajo el principio provida de nuestra Constitución, existieron unas circunstancias excepcionalísimas, como era el peligro en la vida de la madre, la malformación genética no compatible con la vida o el acceso carnal violento”, dijo Duque desde Washington, Estados Unidos.

Con información de El País.