Por medio del Decreto N° 006 del 21 de febrero del 2024, el alcalde del municipio de Agustín Codazzi, Hernán Eduardo Baquero, estableció zonas de protección para la restricción del porte, consumo, facilitamiento, distribución, ofrecimiento y comercialización de sustancias psicoactivas, incluso la dosis personal.
En ese orden de ideas, la administración municipal en cabeza del alcalde delimitará y protegerá áreas o zonas de espacio público como parques, zonas históricas o de interés cultural, áreas circundantes a las instituciones o centros educativos.
Este decreto regirá durante las “veinticuatro (24) horas del día, Ios siete (7) días de la semana, en el interior y en un perímetro circundante de doscientos (200) metros de los sitios abiertos al público, espacios públicos y zonas comunes”.











