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Valledupar va… si modificamos el POT

FOTO/JOAQUÍN RAMÍREZ.

Al referirnos a ciudades colombianas con destacado avance urbanístico, necesariamente hay que mencionar el éxito logrado en pocos años por Barranquilla.

Gracias a la continuidad de acciones entre la sociedad civil y los alcaldes que siguieron un plan de trabajo serio y coordinado para transformar la ciudad, se generó suficiente confianza para atraer empresas y presentar las mejores condiciones para el desarrollo social.

Hoy, ser alcalde de esa ciudad implica liderar una exigente dinámica de superación en la cual la corrupción no tiene cabida, porque se trabaja frente a la sociedad civil que vigila cada paso y cada peso, y que ofrece todo el respaldo para hacer las cosas bien.

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Esa línea de trabajo la tuvo Valledupar en los años noventa cuando llegamos a ser la ciudad Sorpresa Caribe. En ese entonces, las alcaldías sucesivas de Rodolfo Campo Soto, Aníbal Martínez Zuleta y otra vez Rodolfo Campo Soto, aplicaron la simple lógica de privilegiar lo útil y desechar lo superfluo; se supieron asesorar, trabajaron de la mano de la comunidad y se aventuraron a estructurar la ciudad que hoy todavía sigue funcionando bajo el esquema planteado hacia 2020. Su labor no presentó cuestionamientos como los que ahora encontramos en todos los medios de comunicación hacia las actuaciones municipales y departamentales.

Nuestra situación de hoy

Como parte de las costumbres del Cesar, durante los primeros días de mandato del gobernador y de los nuevos alcaldes, se dispara el entusiasmo para proponer proyectos y acciones inconsultas que en la mayoría de los casos desdibujan el trabajo adelantado por sus predecesores. Un gran porcentaje de esas inversiones son copias de acciones que en otras partes del país han tenido acogida y un amplio despliegue en los medios de comunicación.

No hay explicación del fenómeno que va en contravía a las normas vigentes, pero aquí entendemos que todo comienza de nuevo, como si no existieran reportes de la deshonrosa situación económica, social y ambiental acumulada, ni el compromiso claro de solucionarlos. Esa tendencia ha dejado sobre el papel iniciativas valiosas que no se implementan e inversiones a medio camino que a todos nos cuesta tiempo, dinero y decepciones.

Cuando los mandatarios se inventan proyectos que no obedecen a un plan superior, solo apuntan al futuro que ellos se imaginan. Por esa razón la Ley 388 de 1997 establece normas sobre el ordenamiento territorial que exigen definir tanto el uso del suelo como los proyectos públicos que deben ser ejecutados en un período máximo de doce años a través de tres planes de desarrollo sucesivos.

Cada una de las acciones por adelantar en los 12 años se detallan en el Programa de Ejecución del Plan de Ordenamiento Territorial – POT, documento donde se definen los proyectos prioritarios, la programación de actividades, las entidades responsables y los recursos respectivos para su ejecución. Es por ello que, para eliminar las verdaderas causas de los problemas del municipio, los proyectos deben ser pertinentes, viables y sostenibles en el tiempo.

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El propósito de involucrar tres administraciones seguidas para ejecutar el Plan de Ordenamiento Territorial municipal es hacer cumplir el pacto ciudadano que obliga a los mandatarios a dirigir todos los esfuerzos y capacidades para hacer realidad la visión de largo plazo y cumplir con el modelo de ordenamiento territorial.

Modificar la situación presente para alcanzar el futuro deseado es un trabajo integral que requiere involucrar a actores sociales, empresariales, académicos, políticos, culturales, ambientales, indígenas, afro, desplazados, víctimas, mujeres, jóvenes, etc. Es importante que en el proceso de formulación y revisión del POT se erradique la trampa de utilizar las firmas de los que asisten a las reuniones de trabajo como prueba de concertación.

Esta práctica cierra la posibilidad de lograr verdaderos consensos porque desecha las propuestas ciudadanas y presenta un falso respaldo a las decisiones previamente concebidas por parte de la administración municipal.

Nuestro nuevo alcalde: Mello Castro González tiene la oportunidad de enderezar las prácticas que nos mantienen en el pasado, asumir el liderazgo del cambio que necesitamos y poner la vara alta a los futuros mandatarios de nuestro Valledupar. Para hacerlo, es conveniente solucionar las falencias del Plan de Ordenamiento Territorial 2015-2027 al menos en tres aspectos fundamentales:

Primero: Revisar la legalidad y pertinencia del actual POT el cual, en 2015 (contrariando el Artículo 24 de la Ley 388 de 1997), fue adoptado primero por el Concejo Municipal de Valledupar antes de la concertación previa con Corpocesar.

Segundo: La obligación de que el POT cuente con su Programa de Ejecución está claramente expuesta en el artículo 2.2.2.1.2.3 del Decreto 1077 de 2015.

Entre los documentos entregados por la administración municipal para el estudio y adopción del POT por parte del Concejo municipal en 2015, no se aportó ese producto fundamental ni los planos correspondientes, contrariando lo dispuesto tanto en el numeral 7 del artículo 2.2.2.1.2.3.4 como en el artículo 2.2.3.2.3 del mismo Decreto.

Ya que el POT de Valledupar no cuenta con el Programa de Ejecución, es necesario que en el proceso de revisión ordinaria se incluya ese requisito y se defina con carácter obligatorio las actuaciones sobre el territorio que deberá adelantar esta administración 2020-2023 y la siguiente 2024-2027 para alcanzar la visión 2027.

Dejando ese precedente técnico y la comunidad informada, se evitará que los futuros alcaldes se inventen proyectos de acuerdo a la moda o al capricho de turno, lo cual les permitirá concentrarse en las inversiones que realmente necesita tanto la ciudad como el municipio en general.

Tercero: Antes de que la tendencia nos vuelva a cubrir con proyectos salidos de la inspiración del momento, bajo la excusa de atender los comentados Juegos Bolivarianos, la nueva era del turismo, la economía naranja o del desarrollo rural, se requiere que los proyectos, obras y actividades estén planeados y formalizados en el POT.

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¿Por qué dar tanto énfasis al POT?

Contrario a lo que comúnmente se cree, el POT es el principal documento de política pública municipal, porque las tareas allí expuestas son la guía para que los candidatos estructuren los programas de gobierno que inscriben en la Registraduría y que posteriormente se implementan y financian a través de los planes de desarrollo municipal.

El POT no solo se refiere a la regulación de usos del suelo, también determina los proyectos y acciones que se deben adelantar por parte de las entidades públicas en el corto, mediano y largo plazo. Para hacer que todo esto funcione de manera secuencial, este plan dispone de un conjunto de normas, directrices y lineamientos que se utilizan para cumplir las metas de los planes de desarrollo, lo que requiere la disposición dinámica de gremios, asociaciones, centros de pensamiento, la academia y demás grupos de interés que pudieran hacer un seguimiento efectivo.

Una vez que comencemos a ver y a cuidar el Plan de Ordenamiento Territorial como la carta de navegación de largo plazo que entre todos hemos acordado, tendremos mayores posibilidades de superar nuestros problemas como sociedad.

La participación del departamento en el desarrollo

En cuanto a los proyectos de inversión a cargo del Departamento, hay que mencionar que ninguno puede ser adelantado sin que esté consignado en el POT del municipio donde se pretenda ejecutar. La metodología de estructuración de proyectos exige certificar que cada iniciativa esté incluida en el POT o PBOT o EOT correspondiente.

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El Departamento solo actúa como fuente de financiación complementaria a los municipios porque no tiene territorio, ni es autoridad para expedir licencias urbanísticas o ambientales.

Ante la carencia de su propio plan director de largo plazo, como si lo es el Plan Departamental de Ordenamiento Territorial al que se refiere el numeral 2 del Artículo 29 de la Ley 1454 de 2011 (que aún no se formula luego de 9 años), el papel de la Gobernación del Cesar se ha reducido al de ser una alcaldía sustituta que orienta el Plan de Desarrollo Departamental para suplir las falencias de los alcaldes de bajo desempeño.

Esa es la razón por la que hemos visto a la Gobernación pavimentado calles, construyendo parques de La Provincia y Casas en el aire, en vez de atender proyectos supramunicipales como el embalse Besotes, la recuperación del río Cesar o al menos del río Guatapurí; la implementación de un sistema departamental de riego que cubra toda la frontera agrícola y que utilice amplios reservorios ubicados en lo alto de la serranía de Perijá y de Sierra Nevada de Santa Marta; el desarrollo productivo del complejo cenagoso de la Zapatosa, la puesta en marcha de instalaciones a gran escala para generar energía eléctrica a partir de fuentes no convencionales, la promoción y desarrollo de la Zona Especial Económica de Exportaciones de Valledupar, la utilización de las ventajas de la Ley de Fronteras – 191 de 1995 o el impulso a proyectos productivos reales, autosostenibles asociados a la malla vial secundaria y terciaria que hoy cruzan por zonas improductivas.

En eso ya también nos lleva ventaja el departamento del Atlántico. Luego de un amplio proceso de concertación, culminó la formulación de su Plan Departamental de Ordenamiento Territorial que especifica la visión de largo plazo y las directrices, políticas, estrategias, proyectos y actuaciones que fueron acordadas y consignadas en su Programa de Ejecución.

Por: Alberto Gutiérrez Pineda / EL PILÓN
Grupo de Desarrollo Urbano

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