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Niegan la libertad por vencimiento de términos a presunto asesino de ‘Tico’ Aroca

Jaider Polo. FOTO/CORTESÍA.

El Juzgado Cuarto Penal Municipal con función de Control de Garantías decidió negar la libertad por vencimiento de términos a Jaider Acuña Barrios, alias Jaider Polo, acusado de asesinar al médico pediatra, Alberto ‘Tico’ Aroca Saad, en hechos ocurridos en Valledupar el 20 de agosto de 2019.

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La juez manifestó que la mayor parte del tiempo perdido para el cumplimiento del inicio de juicio fue por causas atribuibles a la defensa, pues alegó que esta debía asumir los días en que se demoró el Tribunal del Distrito Superior Judicial de la ciudad para resolverle un recurso de apelación que había interpuesto en la audiencia preparatoria celebrada el pasado 9 de marzo.

La defensa usó del recurso de apelación que está facultado por la legislación pero también debe analizarse que no prosperó, es decir, que la actuación jurisdiccional del juez de conocimiento, en este caso del Juzgado Quinto Penal del Circuito con función de Conocimiento era acertada, por lo que la defensa se encuentra avocada a asumir la carga procesal correspondiente al periodo comprendido al momento en que se interpone el recurso”, afirmó la juez Mónica Palacios.

El recurso referenciado lo había realizado el abogado Jefferson Caamaño, porque el juez quinto le negó un testigo al considerar que como era una prueba en común con la Fiscalía debía ser usada por la defensa mediante contrainterrogatorio.  

Precisamente ese dilema propició que se estancara por un tiempo el proceso penal en contra de ‘Jaider Polo’ porque el tribunal resolvió el pasado 2 de junio, un día después que saliera a colación ante la opinión publica la solicitud de libertad por vencimiento de términos.

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El tribunal en la determinación ratificó lo establecido por el Juzgado Quinto Penal del Circuito pero emitió compulsa de copias para que se adelantara una investigación disciplinaria porque a pesar que el recurso fue concedido el anterior 9 de marzo, solo hasta el 29 de mayo fue entregado a la asistente del magistrado ponente para que fuera resuelto. 

‘LA MANZANA DE LA DISCORDIA’

Ahora, ante la decisión de la juez cuarta, el nuevo abogado, Dubalier Ortiz, apeló para que en segunda instancia un juez de conocimiento revisara si en efecto ‘Jaider Polo’ no merece afrontar el pleito estando en libertad condicional.

Ortiz alegó que el periodo reglamentario para dar inicio a la audiencia de juicio había caducado porque el tribunal se demoró en responder el primer recurso por causas atribuibles a la administración de justicia. 

No obstante, la Fiscalía 9 seccional manifestó que esa demora no podía ser tenida en cuenta porque fue responsabilidad de un funcionario el hecho de que la carpeta no llegara de forma puntual al tribunal, lo que da pie a considerarlo como un hecho externo descrito en el parágrafo 3 del artículo 317 del Código de Procedimiento Penal. 

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No obstante, el procurador señaló que sí debió ser considerado porque era un motivo atribuible a la justicia, por tanto ‘Jaider Polo’ debió ser dejado en libertad.

La norma se refiere a la administración de justicia a todo el sistema no a una persona o funcionario… No podemos decir en esta situación que se trata de un hecho externo cuando el mismo señor fiscal refiere que fue un hecho que se presentó al interior del centro de servicio y por un funcionario de la administración”, dijo José Javier González Quintero, procurador judicial. 

Categories: Judicial
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