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Luis Alberto Monsalvo apeló decisión de la Corte Suprema de Justicia 

Luis Alberto Monsalvo, exgobernador del Cesar.

El condenado exgobernador del Cesar, Luis Alberto Monsalvo, y su defensa, liderada por el abogada José Luis Barceló, presentaron una apelación a la condena proferida en primera instancia por la Corte Suprema de Justicia.

El exgobernador fue condenado a 21 años de prisión como coautor responsable del delito de peculado por apropiación agravado en favor de terceros en concurso heterogéneo con el delito de contrato sin cumplimiento de requisitos legales.

José Luis Barceló, abogado del exgobernador, interpuso la apelación con fundamento en el artículo 179 del Código de Procedimiento Penal. Asimismo, pidió más tiempo para presentar el recurso. “Con fundamento en el artículo 158 del Código de Procedimiento Penal, de manera respetuosa solicito se prorrogue el término de sustentación del recurso de apelación al que tiene derecho tanto la defensa técnica, como la defensa material”, señaló Barceló. 

El exmagistrado argumentó que el artículo 158 dispone que los términos provistos por la ley o por el juez no son prorrogables, sin embargo, de manera excepcional y con la debida justificación, cuando el fiscal, el acusado, el defensor, lo soliciten para lograr una mejor preparación de la sustentación de la apelación, “el juez podrá acceder a la petición de ampliar los plazos siempre que no exceda el doble del tiempo del término prorrogado”. En ese sentido, el abogado solicitó 5 días más. 

El exgobernador Luis Alberto Monsalvo también presentó un recurso de reposición. “Quisiera presentar un recurso de parte personal (…) Voy a sumarme dentro de la apelación con un escrito que presentaré de forma personal acompañando el recurso de la defensa”, sostuvo Monsalvo.

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LA DURA SENTENCIA DE LA CORTE

En las más de 400 páginas de la sentencia de primera instancia, la Corte Suprema lanzó fuertes acusaciones. La máxima autoridad sostuvo que es absolutamente “incuestionable que el haberse tramitado, celebrado y liquidado el contrato de forma tan irregular con la provechosa aquiescencia del acusado, no solo configuró el delito de contrato sin cumplimiento de requisitos legales, sino que a su vez constituyó el medio idóneo para apropiarse en provecho ajeno de los recursos del programa de alimentación destinado a los niños, niñas y adolescentes de las escuelas oficiales del Cesar, por la voluntad del gobernador Monsalvo Gnecco”.

La Corte repite en varias ocasiones que Monsalvo Gnecco “materializó el delito de peculado, al facilitar que terceros accedieran ilegalmente a cuantiosos recursos destinados a la alimentación de los niños y niñas del Cesar”.

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Luego utiliza otros términos: “Los sobrecostos derivaron de las irregularidades en las etapas previas y, en particular, de la planeación presupuestal y de la liquidación del contrato donde se probaron profundas falencias que junto con las otras ya analizadas, permiten a la Sala colegir, que se trató de un proceso amañado gestionado para soslayar los requisitos del contrato y la selección objetiva del contratista y de este modo apropiarse en favor de éste de los recursos públicos de los que da cuenta la actuación”.

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