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La lucha de los pueblos indígenas por recuperar su territorio

En el sitio conocido como La Laguna, se realizó el cierre de la caracterización de las afectaciones territoriales étnicas con la comunidad wiwa Guamaka y La Laguna.

Las balas silenciaron pensamientos, familias enteras fueron obligados a salir de sus territorios, y hasta la muerte llegó a distintas comunidades indígenas a manos de grupos ilegales. En el Cesar y La Guajira, los colectivos étnicos han ido recuperando ese espacio perdido, al ser reconocidos como víctimas del conflicto armado.

El proceso de recuperación consiste en la denuncia, investigación y documentación de pruebas por parte de la Unidad de Restitución de Tierras, que luego pasan a los juzgados civiles del circuito en búsqueda de un reconocimiento jurídico.

A través de la Dirección de Asuntos Étnicos, ya son 12 casos de pueblos como yukpa, arhuaco, kankuamo, wiwa, kogui, chimila, entre otros reconocidos en la Sentencia T-025 de 2004 y su auto 004 de 2009, que ordenó al Gobierno Nacional formular e iniciar la implementación de planes de salvaguarda étnica ante el conflicto armado y desplazamiento forzado, recepcionados en Valledupar.

Del cúmulo de procesos, tres ya fueron fallados a favor de los indígenas y otros tres permanecen en la Unidad de Restitución de Tierras, seccional Cesar – La Guajira, en etapa de alistamiento.

El equipo de la Dirección de Asuntos Étnicos en el Cesar explicó que los fallados ya tienen acciones de seguimiento a las órdenes emitidas por los jueces especializados en Restitución de Tierras.

Una sentencia proferida por el Tribunal Superior de Cartagena, a favor de la comunidad wayúu de Nuevo Espinal, ordenó la restitución de 412 hectáreas de tierra en el departamento de La Guajira, para 300 familias indígenas.

El Tribunal reconoció que los indígenas fueron víctimas de distintos atropellos y que la institucionalidad debía actuar con celeridad para restituirles su territorio y resarcir cerca de 23 años de vulneración a sus derechos. Los wayúu conformaron su pueblo en cuatro predios: El Cerrito, Las Palmiras, Nuevo Sincelejo y Nuevo Hato.

También fueron emitidas, por el Juzgado Segundo Civil Especializado en Restitución de Tierras de Valledupar, dos sentencias a favor de la comunidad indígena yukpa de Iroka y las de Menkue, Misaya y La Pista, restituyendo más de 10.000 hectáreas y beneficiando a 800 familias.

El equipo de abogados de la Dirección de Asuntos Étnicos dijo también que tres casos tienen demandas radicadas ante los jueces, ellos son: uno del pueblo yukpa que abarca los resguardos de La Laguna El Coso 5 Caminos, Caño Padilla, Rosario Bella Vista Yukatan, en La Paz; otro de los kogui, en la comunidad Tugeka, en jurisdicción de Dibulla; y Sokorpa, con asentamiento en Becerril, perteneciente a los yukpa.

“Dentro de la Ley 1448 hay planteadas dos rutas, los decretos 4633 y 4635 de 2011, que enmarcan todo el proceso de restitución territoriales para comunidades étnicas y afros. Es un marco más amplio”, indicó Yeritza Robles López, coordinadora de Asuntos Étnicos de la Unidad de Restitución de Tierras del Cesar.

Sobre afros, actualmente hay dos casos en etapa administrativa, es decir, que permanecen en manos de la Unidad y luego serán radicados ante los estrados judiciales, para restituir derechos a los corregimientos de Guacoche y La Palmita.

Otra de las sentencias en Colombia son una en la región del Alto Andágueda, en el municipio de Bagadó, Chocó; otra que cobijó a la comunidad afrodescendiente Renacer Negro, en Timbiquí, Cauca; y la tercera a los indígenas del Resguardo Dóbida Dogibi, en Unguía, en Chocó.

Cierre de caracterización

En las estribaciones de la Sierra Nevada de Santa Marta se realizó la asamblea de cierre de caracterización de la comunidad wiwa Guamaka y La Laguna, asentada en el resguardo kogui- malayo- arhuaco, en jurisdicción de Riohacha, La Guajira.

El encuentro fue desarrollado por la Unidad de Restitución de Tierras, Dirección de Asuntos Étnicos, Unión Europea y la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura, mundialmente conocida como FAO por sus siglas en inglés, en el marco de la implementación del decreto Ley 4633 de 2011.

Las autoridades tradicionales de las dos comunidades definieron los alcances de la caracterización, que busca garantizar la implementación de un enfoque diferencial étnico y la participación de las comunidades indígenas a través de sus autoridades, instancias y mecanismos propios.

Dentro de las afectaciones identificadas previamente se encuentran abandono, confinamiento, afectaciones a la relación sociocultural con el territorio y los sitios sagrados, afectaciones a la autonomía, a la autodeterminación y al gobierno propio, afectaciones a los sistemas productivos y a la seguridad y autonomía alimentaria, así como afectaciones al ambiente sano.

Todas estas afectaciones fueron provocadas por hechos victimizantes documentados como los homicidios y señalamientos contra líderes históricos de las comunidades, detenciones arbitrarias, desapariciones forzadas, la presencia, tránsito y campamento de los grupos armados, la ocupación y destrucción de los sitios sagrados, los ataques contra centros poblados que ocasionan el desplazamiento forzado masivo de las dos comunidades.

Por medio del proceso de restitución de tierras se busca afectar positivamente a más de 1.000 familias pertenecientes a dos comunidades asentadas sobre la cuenca alta del río Ranchería, que componen cerca de 8.451 hectáreas.

Jorge Granados, supervisor del proyecto FAO, y quien representa la unión de esfuerzos entre la Unidad de Restitución y FAO, señaló que este ejercicio se realizó teniendo en cuenta la cosmovisión de las dos comunidades indígenas asentadas en la Sierra Nevada de Santa Marta.

Según Fernando Fierro, coordinador de asuntos étnicos de la Unidad de Restitución, el paso a seguir es la finalización y adopción del informe de caracterización, la elaboración de la demanda, reunión con las autoridades de las dos comunidades para exponer la demanda y las pretensiones en su redacción técnica, al igual que la radicación de la demanda ante los jueces de restitución de Valledupar.

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