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Juez admitió demanda contra el municipio de Valledupar por incumplir prohibición de ‘carro’e mulas’

Carromuleros durante una protesta en la Alcaldía de Valledupar, año 2021. /FOTO: JOAQUÍN RAMÍREZ.

En manos de Samuel Palacios Oviedo, del Juzgado Quinto Administrativo Oral del Circuito de Bogotá, quedó la demanda realizada por Hugo Jiménez Lúquez  en contra del municipio de Valledupar, alegando el incumplimiento del Código Nacional de Tránsito Terrestre (Ley 769 del 6 de agosto de 2002).  

Esta norma, en su artículo 98, prohíbe la movilidad de los vehículos de tracción animal, conocidos como ‘carro’e  mulas’, y ordenó sacarlos de circulación en los territorios de primera categoría al término de un año a partir de la iniciación de la ley.

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HAN PASADO 22 AÑOS 

“Han transcurrido 22 años, sin lograr que la ley, en especial el artículo 98 de la misma, se haya cumplido”, argumentó Jiménez, cuya acción jurídica fue admitida luego de que el Juzgado Segundo Penal Municipal con Funciones de Control de Garantías del Distrito Judicial de Valledupar declarara falta de competencia y remitió el proceso a los juzgados administrativos de la capital colombiana. 

La principal  pretensión de la demanda es que se le  ordene al alcalde Ernesto Orozco cumplir lo establecido en dicho código, por medio de la realización de los actos administrativos y gestiones correspondientes.

¿CÓMO VA LA RECONVERSIÓN LABORAL?

Así las cosas, EL PILÓN intentó establecer comunicación con el secretario de Gobierno del municipio, Jorge Pérez, para conocer de qué manera esta administración continuará con la reconversión laboral de los trabajadores de este sector y que ellos no reincidan en la utilización de caballos como medio de carga y transporte. 

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Sin embargo, hasta el cierre de esta edición no fue posible dialogar con el funcionario sobre estos aspectos y sobre los mecanismos de defensa que tendrá el municipio para este caso. 

Es preciso mencionar que la Ley 2138 del 4 de agosto de 2021 establece medidas para la sustitución de este tipo de vehículos en el territorio nacional, subrayando el reemplazo de los animales y las carretas por automotores aptos para el transporte de carga.

CENSO 

Esta norma también dispone que las alcaldías deben realizar un censo de los vehículos de tracción animal y sus propietarios y enviarlo al Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE). 

El dato entregado por la Secretaría de Desarrollo Económico y Turismo en enero del año pasado, en el gobierno de Mello Castro, daba cuenta de una cifra inicial de 170 trabajadores, con dificultades del gobierno para culminar la caracterización, puesto que el número de personas dedicadas a esta actividad superaría las trescientas, muchas de ellas han manifestando estar a favor de la reconversión. 

No obstante, aún transitan por las calles de Valledupar los carromuleros, a quienes se les atribuye el incremento de las basuras en los más de 40 puntos críticos que tiene la ciudad. 

De hecho, el alcalde Orozco socializó con los carromuleros, el pasado 18 de abril, el Decreto  000507 del 8 de abril, por medio del cual estableció 4 puntos para la disposición de podas y emitió medidas para el control de residuos sólidos en la ciudad. 

El mensaje del mandatario para estos trabajadores fue: “Estamos haciendo las gestiones y buscando los recursos para poder entregarles un vehículo mejor para que puedan trabajar en mejores condiciones”. 

Por Redacción General.

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