El proyecto de Ley ‘José’ tiene un ambiente positivo por lo que representa para el fortalecimiento de la familia, como núcleo central de la sociedad colombiana.
Este proyecto, cuyo autor y ponente es el senador cesarense Felix Valera Ibañez, ya pasó el primer debate en la Comisión Quinta del Senado de la República.
Ahora, antes del 20 de junio que termina el periodo de las sesiones ordinarias del primer semestre, debe surtir debate y aprobación en la plenaria del Senado de la República y, en caso de no ser aprobado en esa instancia senatorial, el proyecto debe iniciar nuevamente en la Comisión de origen el próximo semestre; si por el contrario es aprobado, pasará a la Comisión similar, es decir la quinta, en la Cámara de Representantes para su debate y aprobación correspondiente y en caso de darse su aprobación, surtirá su trámite respectivo en la plenaria de la Cámara, en la cual se debe presentar para cumplir el mismo tramite cumplido en el Senado, en el cual puede ser negado o aprobado.
Si es aprobado el Proyecto de Ley, luego de cumplir la publicación en la Gaceta del Congreso de la República, pasará a sanción presidencial y acto seguido la respectiva publicación en el Diario Oficial. Algunos proyectos de esta naturaleza son revisados por la Corte Constitucional y se espera que por sus connotaciones sociales este Proyecto esté exento de vicios de inconstitucionalidad.
El Proyecto de Ley ‘José’ consta de tres artículos, incluido el de vigencia y derogatorias. El Artículo Primero modifica el término previsto en el Código Sustantivo del Trabajo (Art. 239) para la presunción de despido por motivo de embarazo o lactancia, que pasa de tres a seis meses; mientras que el segundo establece la figura del Fuero de Paternidad, entendida como una institución que busca garantizar el desarrollo armónico e integral de los niños, desde que son concebidos y hasta los primeros meses de vida, cuyo fuero no permitirá que un padre sea despedido, si su cónyuge o compañera permanente está embarazada y sin empleo y, ni siquiera, después de los seis meses de haber ocurrido el parto.
El senador cesarense en su exposición de motivos acude a la Constitución Política de 1991, que incorpora varias disposiciones encaminadas a garantizar el óptimo crecimiento y desarrollo del niño, incluyendo medidas para proteger a aquellos que están por nacer, y que determinan que la mujer debe gozar de especial protección y asistencia durante el embarazo y después del parto, y recibirá subsidio alimentario, si entonces estuviera desempleada o desamparada.
Ante esta realidad inminente, las empresas y las entidades públicas deben ir planificando sus procesos internos, con el fin de agotar las políticas del manejo del talento humano para que los efectos de esta iniciativa, al convertirse en Ley de la República, sea una fortaleza humanística que mejore el bienestar laboral y del entorno familiar. Este es un buen regalo para todos los padres colombianos, que a propósito hoy celebran su día. Feliz Día.