La justicia en este país, es el resultado de la desorganización, mal reglaje e imprevisión, siendo estas, unas de las tantas causas que propicia que la rama del poder público, a la cual le concierne, se encuentre en estos momentos, en postrimería, y esto no es de ahora, enésimas regencias, han visto con indiferencia los problemas que soporta, pero en realidad esa preocupación resulta ínfima, y así lo hacen ver quiénes son autoridad y detentan primeramente ese poder judicial (Altas Cortes), pues poco les importa lo que pase con sus prolongaciones (Tribunales y Jueces). Entre las divisiones del poder, esta ha sido difícil de intervenir, encontrándose con los cuerpos colegiados y su politización, magistratura de negocios, control judicial de dadivas y la famosa “puerta giratoria”, por ello la reforma a la justicia, ese acto legislativo abatido en el 2012, retorna con fuerza, buscando depurar lo evidentemente nocivo, por el cual se le juzgo y se volcó, pasando de ser aprobada a objetada, mientras tanto que lo que no es obvio y sirva para el propósito reformista se quedara.
Lejos de ese altruismo, de gestar probidad, es claro el jaque mate del ejecutivo con su voluntad de reestructurar, arguyendo equilibrio de poderes, se conocen partes del articulado que no ponen duda esta determinación, por ejemplo, el juzgamiento a magistrados de las altas cortes, un Consejo Superior de la Judicatura, que siempre se declaró impedido para enjuiciar, en la enmienda, se suprimirá, y se creara un tribunal, quien asuma en plenitud esa jurisdicción, con la potestad de destituir por faltas disciplinarias, tales como morosidad judicial, tráfico de influencias, etc.
La función electoral, es otro de los escollos que se pretende zanjar, las Altas Cortes, se reparten esa selección, unos postulan, otro eligen, intercambio de favores, lo que es llamado técnicamente como cooptación, se eliminará y se dará paso a los concursos, que en cierto grado es más garantista y goza del mérito, esto es lo más relevante con respecto a la reorganización de la estructura del control judicial en Colombia, aunque falta una ñapa, con la que viene este proyecto, y que agradecerán, quienes temen, del arbitrio de la figura del procurador, a quien dejan sin el armamento del poder sancionatorio, que muchos les atemorizaba, ese que con solo formular cargos, bastaba para destituir.
Todo lo incorporado a esta enmienda, realmente es necesario, pues brinda seguridad al ejercicio de la justicia, y le pone freno al albedrío de las magistraturas, que cada vez actúan con señoritingo, y deliberadamente disponen de sus potestades, como el conceder “mega pensiones” una francachela que debió acabar, y aun así no existe acuerdo para su desmonte, contrastando con la nivelación salarial de los trabajadores de la rama, sobre el cual se exigió mutismo, ojalá y los micos no aparezcan, y si lo hacen, Dios quiera y le tomemos la delantera, impidiendo que se utilice como instrumento de prebendas, todo porque la razón y la norma son sinónimos.