Sin duda alguna Corpocesar cuenta con profesionales de alto nivel como el doctor Julio Olivella y otros funcionarios competentes, para resolver los múltiples problemas ambientales que nos aquejan, pero como una golondrina no hace verano, ahí tenemos la ineficacia de esta cara entidad, en relación con la protección de reservas forestales, fuentes hídrica, rellenos sanitarios y lagunas de oxidación, no obstante cuenten con suficiente personal, modernas instalaciones y equipos de última generación tecnológica para operar.
Igualmente es crítica la ejecución de los recursos del presupuesto general de la Nación que recibe esta corporación, debido a que los problemas ambientales se están multiplicando exponencialmente, con la continua contaminación del rio Cesar, el mal uso y administración de los recursos de agua dulce, la deforestación excesiva, el tratamiento a los vertidos peligrosos y la disminución de la diversidad biológica, pues todo se debe en parte a la informalidad y a la contratación que maneja la CAR, porque no obstante tenga excesivo personal a su cargo, omite sin justificación alguna, el control de las infracciones ambientales que se cometen todos los días, frente a esta autoridad ambiental.
Como ejemplo, me referiré a una denuncia telefónica interpuesta ante el director actual de Corpocesar, doctor Julio Suarez, respecto de la evidente intervención a un lote ubicado en la base del cerro Ecce Homo, que presenta la intención de construir, por existir ladrillos, arena, relleno y desde su ilegal cerramiento, la CAR no se ha pronunciado.
Ante mi preocupación, me respondió el doctor Suarez, que trasladaría mi queja a Planeación Municipal, argumentando que la especialización que había hecho en derecho urbano, le daba la seguridad jurídica para requerir tal intervención a la autoridad que a su juicio era competente.
Ante semejante respuesta, habría que explicarle al doctor Suarez, que el control urbano según el Código de Policía, corresponde a la Secretaría de Gobierno, a través de los inspectores de Policía y cuya jurisdicción de control, se relaciona únicamente con las áreas urbanas aprobadas en el Pot y aquellas parcelaciones campestres, a las cuales habría que hacerles control posterior, pero no a los suelos de naturaleza agrológica, de protección, de explotación minera, ganadera y demás, supervisiones que son del resorte exclusivo de la CAR, por ser actuaciones de connotación ambiental, instancia superior al plan de ordenamiento territorial, que le otorga al doctor Suárez, la autoridad suficiente para sancionar a quienes infringieran sus normas atentando contra los recursos forestales e hídricos, careciendo de disposición final de residuos sólidos y aguas negras, así como ocurrió con el restaurante que se encuentra en la vía Vpar- Rio Seco, cuya instalaciones son ilegales y Corpocesar no hizo nada para remediar esta situación.