El Juzgado Cuarto Laboral del Circuito Valledupar admitió la tutela presentada por el presidente de la Cámara de Comercio de Valledupar, José Luis Urón Márquez, en contra de varias entidades, entre ellas la Banca de Desarrollo Territorial, Findeter, a cargo de contratar la construcción de la segunda calzada Valledupar-La Paz; el Instituto Nacional de Vías (Invías), la Gobernación del Cesar, los municipios de Valledupar y La Paz, el Ministerio de Transporte, la Fiduciaria Corficolombiana, la Unión Temporal Vial VLP (contratista), y la Superintendencia de Transporte.
El representante gremial alega que se han vulnerado los derechos fundamentales al debido proceso administrativo, por presunta falta de socialización y consulta con las comunidades; a un ambiente sano, a la vida y dignidad humana, así como a la participación ciudadana y a la seguridad vial en medio de la construcción de esta carretera paralela a la primera calzada La Paz-Valledupar, a cargo de la Nación.
Argumentos
La acción describe que este corredor nacional de 7 kilómetros tiene “curvas peligrosas que incumplen las normas de diseño geométrico del Invías, exponiendo a los usuarios de la vía a accidentes fatales; un sistema de drenaje inadecuado que provoca inundaciones recurrentes afectando predios cercanos incluidos los de la Universidad Nacional sede La Paz y ausencia de infraestructura crítica como el puente sobre el río Cesar”.
Es preciso recordar que Urón, junto con la veeduría ciudadana del proyecto, en cabeza del abogado Evelio Daza Daza y un grupo de ingenieros civiles, denunciaron en un reciente foro que el separador central, diseñado para 2 metros, se reduce considerablemente en varios tramos, con el riesgo de que los carros puedan caer en la calzada contraria.
Ante este y otros reclamos, el Ministerio de Transporte ha reiterado que el diseño fue avalado por el Invías, no obstante, ordenó a Findeter realizar mesas técnicas con los veedores y los expertos en la materia, sin embargo, 2 meses después, aún no hay fecha de la reunión sobre el particular.
Pretensiones
Una de las pretensiones de la tutela es que se ordene la suspensión inmediata de las actividades relacionadas con el contrato hasta que sea realizada “una auditoría técnica, jurídica y financiera independiente que evalúe las condiciones del contrato y los riesgos asociados”, además, que sea socializado el proyecto con las comunidades afectadas, garantizando su participación efectiva, y “que se garantice la publicación periódica de informes sobre el estado del proyecto, en cumplimiento de los principios de transparencia y moralidad pública”.
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El accionante también solicitó que se ordenara la corrección inmediata de las deficiencias técnicas, sociales y ambientales del proyecto específicamente, bien sea rediseñando las curvas peligrosas y ajustando los separadores entre las calzadas para garantizar la seguridad vial e implementando un sistema de drenaje eficiente que evite las inundaciones recurrentes.
También exigió la construcción del puente sobre el río Cesar para garantizar la funcionalidad del proyecto, puesto que hasta la fecha los recursos para el puente no están asegurados, así como tampoco los 2 kilómetros de vía urbana que corresponden al municipio de Valledupar.
Juez negó medida cautelar
A su turno, el Juzgado ha solicitado a las entidades mencionadas que indiquen quién será responsable de cumplir con el fallo en caso de que la acción resulte procedente. Asimismo, advierte a las entidades demandadas que cualquier omisión en este requerimiento podría acarrear sanciones legales y se considerarán ciertos los hechos alegados por el accionante.
No obstante, el juez del circuito, Aníbal González Moscote, negó la medida provisional solicitada por Urón Márquez de suspender todas las actividades relacionadas con el contrato de obra hasta que se garantice el cumplimiento de las pretensiones señaladas. La Contraloría General de la República fue vinculada al proceso, entidad que podría tener injerencia sobre la vulneración de los desechos mencionados por el accionante.
Por Redacción EL PILÓN.