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A la cárcel Nilson Solano por el homicidio de su primo, el ginecólogo Ricardo Rodríguez: defensa apeló

Solano Brochero deberá ser trasladado a un centro carcelario en Riohacha. Foto: EL PILÓN

El Juzgado Primero Promiscuo Municipal de Barrancas, La Guajira, ordenó medida de aseguramiento privativa de la libertad en centro carcelario contra Nilson José Solano Brochero quien le quitó la vida a su primo Ricardo Rafael Rodríguez Brochero, un destacado ginecólogo.

Solano Brochero fue imputado por el delito de homicidio con dolo eventual por la Fiscalía General de la Nación por los hechos registrados el pasado domingo 13 de octubre, en el barrio Lleras de Barrancas.

En la audiencia que se desarrolló durante varias horas la tarde del martes 22 de octubre, la defensa mencionó que no hubo ningún tipo de confrontación antes de la tragedia “sino que la pelea, al parecer, se dio cuando Solano le intentó quitar su celular el cual tenía el hoy fallecido para evitar que se fuera a Riohacha en estado de embriaguez”.

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De acuerdo con el despacho judicial, el imputado actuó de manera desmedida al tratar de “quitarle el celular a su primo”, con un arma de fuego en la mano, accionar que finalmente resultó en la tragedia.

Elementos presentados por la defensa 

Durante la audiencia inició su intervención la abogada defensora Maureen Puente Vidal, que entregó sus elementos materiales probatorios con el fin de comprobar que su prohijado no actuó con dolo puesto que su relación con el ginecólogo era cercana y no actuó con el fin de arrebatarle la vida.

La  jurista presentó unas imágenes sacadas de cámaras de seguridad, en las que mostraba de manera  detallada cómo transcurrió la noche de ese domingo. Día en el que Solano Brochero le disparó a su primo y le causó la muerte.

Según la defensora el victimario una vez ocurrido los hechos se desesperó y le gritaba a los policías “mátenme perros, no merezco vivir, ellos saben que fue accidental”, dejando ver su tristeza con la magnitud de lo ocurrido.

Dentro de sus argumentos, Puente refutó la medida de aseguramiento privativa de la libertad solicitada por el ente acusador argumentando que en ningún momento se mostró de manera clara el porqué el imputado debía ser enviado a un centro carcelario.

“Nadie escuchó que el Fiscal  argumentara porque la medida era necesaria, urgente y proporcional, ni mucho menos se respaldó en los elementos materiales probatorios”, dijo Puente.

“Al procesado se le imputó y acusó una conducta que a todas luces como se presentó por la Fiscalía se ofrecía incompleta frente al cargo finalmente formulado. El dolo nunca tomó forma en términos claros y breves así como las supuestas circunstancias de mayor punibilidad, igualmente faltó la Fiscalía en su deber de examinar con objetividad la conducta”, manifestó la profesional del derecho.

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Los argumentos del representante de víctimas  

A través de imágenes, la abogada mostró que horas antes del suceso conmocionante Inés Lucía Polanco, viuda del reconocido médico, llegó a la vivienda donde sucedió el homicidio junto a “su hijo, hermana y otra persona que es su tía”. Según la jurista en ese momento Inés sostiene una discusión con Ricardo Rodríguez.

Tal y como Polanco lo mencionó en entrevista con EL PILÓN, ese sería el momento en el que trató de  persuadir a su compañero sentimental por el ambiente que se estaba viviendo en ese lugar para que se retirara, sin embargo, hizo caso omiso.

Es de recordar, que como se dio a conocer en videos, en la residencia había armas de alto calibre y bebidas alcohólicas puesto que estas personas se encontraban departiendo desde temprano por el marco de la versión 53 del Festival Nacional del Carbón.

Defensa apeló la medida privativa 

Luego de haber ordenado la medida intramural, la defensa apeló señalando que el auto proferido “está basado en suposiciones, conocimiento privado de la señora juez”. Afirmó mientras cuestionaba además el tono del manejo que le dio a la audiencia.

“Aquí se parte de una decisión tomada desde un evidente duelo que ataca con aspectos subjetivos netamente la decisión”, dijo sobre este caso que ahora este caso deberá ser resuelto en segunda instancia.

De igual forma, el procurador Flavio Alberto Rojas refutó también lo determinado por la jueza, asegurando que una medida de aseguramiento en su lugar de domicilio sería suficiente ya que “el decir que el victimario podría obstruir la justicia es exagerado, drástico y desproporcionado”.

Por su parte, Juan Pablo Molina representante de víctima rechazó la actitud de la defensora manifestando que han tratado de desdibujar los hechos.

Es de señalar, que desde un inicio se conoció que el fallecido, al parecer, fue a esa vivienda con el fin de mediar ante una supuesta confrontación entre Nilson Solano y la familia de su excompañera.

Ahora, Solano Brochero deberá ser enviado hacia un centro carcelario en Riohacha, La Guajira. 

Categories: Judiciales
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