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Y fue peor

Hace unos días advertí que no había razón para el optimismo con la ponencia de la presidente de la Corte Constitucional sobre los artículos 1 y 2 del llamado “acto legislativo para la paz”. La realidad fue peor que aquello que entonces se vislumbraba.

Aunque el comunicado de la Corte es un esperpento de forma y de contenido y con muchos problemas, y está redactado de manera farragosa y confusa, incluso para constitucionalistas expertos, lo que sí es claro es que declaró conforme a la Constitución tanto el artículo 1 que, además de establecer el “fast track” o procedimiento legislativo abreviado, recorta de manera sustantiva las funciones de los congresistas hasta reducirlos a meros firmones del Gobierno, como el 2, que le da poderes excepcionales a Santos para legislar sobre lo divino y lo humano, por decreto y sin pasar por el Congreso, con un alcance que ya hubiera querido para él el difunto Chávez. En adelante tendremos un Congreso eunuco y un presidente hipertrofiado.

Además, la Corte se contradice de manera brutal. Por un lado, porque apenas hace cuatro meses sostuvo que la reforma de equilibrio de poderes sustituía la Constitución porque, dijo entonces, el Consejo de Gobierno Judicial y el Tribunal de Aforados que se constituía para el juzgamiento de los magistrados atentaban contra la independencia de la rama judicial y el sistema de frenos y contrapesos indispensable en un estado de derecho. Ahora les parece que acabar con el Congreso y trasladarle poderes cuasi omnímodos al Presidente no tiene problema alguno.

Por el otro, porque en la sentencia sobre la ley del plebiscito, que también le pareció constitucional aunque era un grosero cambio de las reglas de juego para favorecer al Si, defendían la idea del voto directo de los ciudadanos como mecanismo de participación popular, como en el plebiscito, y ahora no tienen reparo en inventarse un nuevo sistema de “refrendación popular”, un “proceso” de varios pasos que termina en la “decisión deliberativa” de un órgano que “puede ser el Congreso de la República”.

Para rematar, se metieron en una contradicción que no podrán superar: en efecto, al describir “el proceso” de “refrendación popular” que se inventaron, sostuvieron que “deber ser” uno “en el cual haya participación ciudadana directa” y “cuyos resultados debes ser respetados, interpretados y desarrollados de buena fe”. Pues si este acuerdo con las Farc es “nuevo”, como han sostenido tanto Santos como los negociadores del Gobierno, no ha tenido participación ciudadana directa y por tanto no hay para él refrendación popular ninguna. Y si es el viejo, pues no hay duda alguna de que sus resultados no se respetaron ni se interpretaron de buena fe.

Pero sí, apreciado lector, usted tiene razón, da igual: Santos hará lo que se le de la gana y esta Corte impudorosa se lo aprobará.

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Rafael Nieto Loaiza: