Con la aprobación de la Ley 2343 de 2023 por el Congreso de la República, fue extendido el plazo para que las víctimas del conflicto armado declaren ante el Ministerio Público y los consulados (en caso residir en el exterior) y así soliciten su inclusión en el Registro Único de Víctimas (RUV).
De acuerdo con información de la Unidad para las Víctimas, “la principal modificación es que pasó de dos a tres años el plazo para hacer la declaración a partir de la ocurrencia del hecho victimizante”.
La norma también beneficia a quienes sufrieron hechos victimizantes ocurridos a partir del 1 de enero de 1985 y que nunca habían declarado. Además, las personas podrán declarar estos hechos hasta el 29 de diciembre de 2024.
Aunque datos oficiales cuentan que en Colombia más de 9 millones de personas se han registrado como víctimas, existe un subregistro de todos los afectados por la violencia social y armada interna, que tan solo en el Cesar supera los 400.000 ciudadanos inscritos.
¿Y QUIENES YA DECLARARON?
“Otro escenario que modifica la norma es el de quienes ya declararon y se les negó la inscripción en el RUV, bien sea porque declararon por fuera de los plazos establecidos o porque no están cobijados por circunstancias de caso fortuito o fuerza mayor. En estas ocasiones, no es necesario volver a declarar puesto que la Unidad para las Víctimas valorará cada caso y comunicará la decisión”, indicó la entidad a través de un comunicado.
La Unidad de Víctimas también informó que quienes deseen conocer el estado de su declaración, pueden comunicarse con la línea gratuita 018000911119 o la línea de WhatsApp 3228151101.
Así mismo, pueden acercarse a un punto de atención de la entidad, el Ministerio Público (Personería, Defensoría del Pueblo y Procuraduría) o consulado en el exterior. Los trámites ante la Unidad son gratuitos y no requieren de ninguna intermediación.