Han pasado los años desde que el señor Brizuela me mostró los televisores en blanco y negro que se aculaban en sus estantes porque sus propietarios no tenía para pagar la reparación o no querían recogerlos, y desde entonces las cosas no han cambado para los concesionarios a quienes los dueños les dejan abandonados los vehículos en el taller de servicio, creyendo que tienen derecho a hacerlo por una ley que existe en alguna parte.
Pero parece que esta situación por fin va a cambiar, porque el Ministerio de Comercio Industria y Turismo le está dando los últimos toques al decreto por el que reglamentará lo que se debe hacer si el bien queda en estado de abandono en el lugar donde lo condujeron para su reparación, que hará que su propietario lo pierda sino lo retira máximo en 3 meses después del aviso que le den informándole que está listo para entregárselo (a su costo o gratiniani por garantía), o para que autorice la reparación.
Ya se sabe que los vehículos u otros bienes se le entregarán al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF), que para recibirlos deberá cancelar el valor de la reparación (si fue con cargo al cliente), el bodegaje y los gastos de mantenimiento, con lo cual podrá conformar una linda flota de vehículos de toda clase que le facilitarán cumplir su misión en defensa de los menores y de la familia.
La reglamentación en ciernes no dice que el plazo fatal de 3 meses para recoger el vehículo (sopena de perderlo) se suspenderá si existe un conflicto por garantía de fábrica en la Superintendencia o en un Juzgado, porque si el fallo es favorable al consumidor deberá entregárselo a quien se lo vendió a cambio de uno nuevo o del parné que pagó por él.
Suponemos que la norma servirá para los bienes abandonados de ahora y de antes, y así la viuda del señor Brizuela sabrá finalmente qué hacer con los televisiones y otros aparatos que quedaron en los estantes porque nadie volvió por ellos.
Por. Rodrigo Bueno Vazquez