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Tutela deja sin efectos matrimonio gay

Por Darío Arregocés

Se interpuso acción de Tutela por parte de la Procuraduría General de la Nación, contra el matrimonio celebrado, el pasado 20 de septiembre, ante el Juez 48 Civil Municipal de Bogotá, entre  Julio Albeyro Cantor Borbón y William Alberto Castro. Consideró el ente acusador, como violatorio del debido proceso la declaratoria de este matrimonio, pues aún no se ha modificado el artículo 113 del Código Civil que expresa que el matrimonio se celebra entre un hombre y una mujer. Se quebrantó así el Debido Proceso lo que hizo necesaria la intervención del Juez 39 Civil, que funge para este caso como Juez Constitucional, y que ordenó al Despacho accionado, dejar sin efecto ni valor la actuación de forma tal, que no sea un matrimonio sino una unión solemne.

Es decir, con algunas limitantes se entra a reconocer jurídicamente la unión solemne, que no matrimonio, entre parejas del mismo sexo, ante jueces y notarios. Ahora bien, como en Derecho las cosas se deshacen como se hacen, también por vía contractual estas uniones solemnes podrían cesar en sus efectos patrimoniales, que hasta ahora son los que se le reconocen. Otro de los efectos que se derivan de este tipo de uniones es que los (las) contrayentes no perderían su soltería, pues no están reconocidas como un estado civil propiamente dicho, además por obvias razones tampoco procedería el divorcio, pues no puede ser disuelto el vínculo matrimonial, que no nace a la vida jurídica. 

Finalmente, es claro que de conformidad con el artículo 42 de la Carta Política, es tan válido el matrimonio, como la unión marital de hecho, para conformar una familia, siempre que sea entre parejas de distinto sexo. Lo que falta por definir son los efectos civiles de esta última, en tratándose de personas del mismo sexo, a quienes aplica por extensión, pero restringida al ámbito estrictamente patrimonial – C- 075/2007-,  para muchos, violatorio del principio de la Dignidad Humana e Igualdad.

Se debatió el tema ante el Congreso, y surgió como fórmula conciliatoria, entre quienes lucharon por la preservación del matrimonio heterosexual y  quienes defendieron el matrimonio igualitario, la del reconocimiento de las uniones solemnes, pero contó con el rechazo unánime de unos y otros. No obstante, en este pronunciamiento parece abrirse paso, esta nueva figura, que para nuestra Iglesia Católica, como para la mayoría de las congregaciones cristianas, no tiene ningún fundamento bíblico. 

 

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