El Tribunal Superior del Distrito Judicial de Valledupar dejó en la mañana de ayer en firme la decisión del juez de conocimiento la cual fue negar la petición de nulidad presentada por la defensa de Luis Fernando Quiñonez Rodríguez, con la cual pretendían volver a desarrollar la audiencia preparatoria para incluir más testigos, en el marco del proceso que se adelanta en su contra por aparentemente participar en el asesinato del ganadero Efraín Calderón, en hechos registrados el 18 de agosto del año 2017 en la capital del Cesar.
En la decisión el tribunal argumentó que la abogada de Quiñonez no sustentó debidamente sus argumentos en el que alegó ser objeto de violación a la debida defensa porque presuntamente el abogado anterior del incriminado, en la audiencia preliminar, solamente presentó dos pruebas para entrar a la etapa de juicio y la fiscal 16, Claudia Fuentes, mostró más de 10 elementos materiales probatorios.
La jurista Jazmina Ibáñez Prada interpuso el recurso de apelación el 12 de septiembre del año anterior luego de que en primera instancia el Juzgado Tercero Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento negara también la petición de eliminar la audiencia preparatoria para que se volviera a desarrollar y pudiera presentar más pruebas y así dar inicio al debate de estas en juicio.
“Téngase en cuenta que la defensora que depreca esta nulidad argumentando violación al derecho a la defensa y otras garantías del ciudadano incriminado recibió poder el nueve de mayo del 2018 y solo hasta el pasado 10 de agosto, es decir, dos meses después, está solicitando al centro de servicio que le entreguen copia de unos audios entre esos el de la audiencia preparatoria. Entonces preguntamos, no requería la señora defensora conocer ese audio de audiencia preparatoria por la virtud de su competencia de manera responsable, para intervenir en el juicio oral que estaba citado…”, expresó el juez al leer su decisión en la última audiencia celebrada el 31 de noviembre del año 2018 en el Palacio de Justicia.
Una vez resuelto esta solicitud, el proceso deberá volver al despacho del juez tercero, para que se fije la nueva fecha para el inicio de juicio oral que ha estado dilatado por varios meses.