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Tribunal Administrativo negó reintegro a exasesor de la rectoría de la UPC

El Tribunal Administrativo del Cesar revocó el fallo que profirió el Juzgado Primero Administrativo del Circuito de Valledupar, dentro de la Acción de Nulidad y Restablecimiento del Derecho, que el exasesor de la Universidad Popular del Cesar, José Sierra Lafaurie instauró contra esa institución.
Sierra Lafaurie demandó el acto mediante el cual siendo rector Abdo Barrera Mejía en el año 2009, lo declararon insubsistente al ser suprimido el cargo que este ocupaba como asesor de la Rectoría, el cual ejercía desde el año 1998.
Con ponencia del magistrado Alberto Espinosa Bolaños y la firma de los magistrados José Aponte Olivella y Doris Pinzón Amado, el Tribunal resolvió en segunda instancia, la apelación interpuesta por la Universidad Popular del Cesar y Abdo Berrera Mejía, contra la sentencia proferida por el Juzgado Primero Administrativo del Circuito de Valledupar, el 12 de mayo de 2011, en el que se le concedieron las pretensiones a José Sierra Lafaurie.

El referido fue declarado insubsistente mediante resolución firmada por el entonces rector Abdo Berrera Mejía el 5 de marzo de 2009, al considerar que sus funciones no eran necesarias y resultaban muy onerosas para la Universidad, y en cambio destinó esos recursos del presupuesto para financiar los grupos de investigación y la Unidad de Emprendimiento. Un día antes de la declaratoria de insubsistencia como Asesor de la rectoría, Sierra Lafaurie presentó una queja disciplinaria contra Barrera Mejía, sustentada en que este no reunía los requisitos para ocupar dicho cargo y que su actuación al declararlo insubsistente encajaba dentro de la desviación de poder.
No obstante, el Tribunal comprobó jurídicamente que los dos argumentos no eran fundados, y por lo tanto no accedió a las pretensiones del demandante y compulsó copia a la Procuraduría.

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