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¿Tiene algún proceso abierto? Ya inició la vacancia judicial en 2023

La vacancia judicial colectiva inicia el 20 de diciembre de 2023 y termina el 10 de enero de 2024. Foto: Joaquín Ramírez

¿Sabe usted qué es la vacancia judicial? Es el período en el que los cargos judiciales quedan sin ocupante debido a licencias y vacaciones.

Tradicionalmente, los despachos judiciales se encuentran en temporada de vacaciones desde finales de diciembre, hasta mediados de enero. Este año, la vacancia judicial inicia desde el miércoles 20 de diciembre de 2023 y va hasta el miércoles 10 de enero de 2024.

Esta vacancia está determinada en el artículo 2º Decreto 546 de la Ley 31 de 1971, los cuales estipulan que los funcionarios y empleados de la mayoría de los juzgados, tribunales y altas cortes disfrutarán de un espacio de 20 días de vacaciones colectivas.

En el mismo decreto, artículo 3º, está contemplado que los despachos de la rama penal, promiscuos y de la rama penal aduanera, las vacaciones para sus funcionarios y empleados serán siempre individuales y por turnos, también de un lapso de 20 días.

¿QUÉ JUZGADOS CONTINUAN CON SUS LABORES?

Estos son algunos de los despachos que continúan con sus labores en el departamento del Cesar: Centro de Servicios Administrativos Penal Control de Garantías de Valledupar, Centro de Servicios Judiciales Penal para Adolescentes de Valledupar y el Centro de Servicios Administrativos Juzgado Penas y Medidas de Seguridad Valledupar. A nivel nacional, también continúan las labores de la JEP (Jurisdicción Especial para la Paz).

En este mismo orden, en el departamento siguen disponibles el Juzgado Primero Civil del Circuito de Aguachica, Juzgado Primero Penal del Circuito de Aguachica y el Juzgado Primero Promiscuo de Familia de Aguachica; así como también el Juzgado Primero Promiscuo de Familia Chiriguaná, y algunos juzgados promiscuos municipales, entre otros.

Es importante mencionar, que la mayoría de los funcionarios públicos podrán continuar con teletrabajo en audiencias virtuales. Sin embargo, esto se cumple si en las oficinas está por lo menos el 50% del personal del despacho.

Por Redacción Judicial EL PILÓN

Categories: Judiciales
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