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Solicitan medidas cautelares contra el alcalde Ernesto Orozco por proceso de desalojo de Sabana 1

Continúa la puja jurídica en torno al desalojo de las invasiones Los Guasimales, Brisas de La Popa, Altos de Pimienta y Bello Horizonte 2. En un oficio dirigido al juez de Tutela de Primera Instancia, Rogger Celsa, del Juzgado Quinto del Circuito de Valledupar, se le solicitó interponerle al alcalde de Valledupar, Ernesto Orozco, medidas cautelares ante el presunto desarrollo de acciones que podrían  impedir el cumplimiento de la Sentencia T-946 de la Corte Constitucional, la cual ordena el desalojo de las cuatro invasiones mencionadas. 

El oficio diligenciado por el abogado Evaristo Rodríguez, apoderado de la familia Pimienta, propietarios del predio Finca La Sabana donde se encuentran ubicadas las cuatro invasiones, explicó que el recurso jurídico que está solicitando responde a que presuntamente el mandatario municipal ha adelantado “maniobras fraudulentas” para formalizar o legalizar los cuatro asentamientos humanos. 

“Él fijó el día 30 de octubre para llevar a cabo el desalojo, sin embargo, buscó el apoyo de la bancada de congresistas del Cesar para gestionar ante la Corte Constitucional, a través de la Defensoría del Pueblo y la Agencia de Defensa Jurídica del Estado, derribar, hacer trizas y pulverizar la orden de desalojo cobijada bajo la Sentencia T-946 de 2011, lo cual es un quebranto de la cosa juzgada constitucional, el debido proceso y el derecho fundamental a un fallo ejecutoriado”, explicó el jurista. 

En ese sentido, también solicitó ordenar con fundamento en el artículo 53 del Decreto Extraordinario 2591 de 1991, a la Fiscalía General de la Nación adelantar investigaciones penales contra el alcalde Ernesto Orozco y la gobernadora del Cesar, Elvia Milena Sanjuán, por “posibles conductas delictivas de fraude a resolución judicial, prevaricato por acción y prevaricato por omisión”. 

Los argumentos 

De acuerdo con Evaristo, el fallo que ordena el desalojo está siendo vulnerado debido a que el mandatario municipal ha manifestado a través de diferentes medios de comunicación que “no realizará el desalojo” aunque haya una sentencia de la Corte. Dichas declaraciones reposan en el oficio enviado al juzgado, al igual que material fotográfico y publicaciones en las redes sociales. 

Así mismo, el jurista aseveró que “la exigencia” por parte de la administración municipal para que los propietarios del predio asuman los costos de la diligencia de desalojo es “ilegal y posiblemente ilícita”, debido a que la Corte Constitucional y el Consejo de Estado establecieron que el servicio de Policía no puede ser cobrado a los ciudadanos, como tampoco puede trasladárseles los costos de la diligencia de desalojo.

“En el Congreso de Camacol realizado en Medellín, a viva voz el alcalde expresó que están buscando con la Corte Constitucional la modulación del fallo para que en vez del desalojo se ordene una adquisición del predio. Señaló que prefiere pagar unos días de arresto en vez de sacar a la calle a 30.000 personas. Para el  desalojo de las cuatro invasiones se construyeron 802 viviendas con el propósito de que fueran reubicadas esas familias, pero se las entregaron a avivatos”, dijo el jurista. 

Por tal motivo, en el oficio también solicitan convocar de “manera urgente” una Audiencia de Seguimiento al cumplimiento de la Sentencia T-946 de 2011, para que todas las autoridades “responsable de la burla e incumplimiento del fallo”, expongan y sustenten de manera directa y sin delegación alguna de las medidas que adoptarán con su respectivo cronograma para ejecutar y hacer cumplir la orden de desalojo de la Finca La Sabana.

Concejo Municipal 

Dentro del recurso también se le hace un llamado de atención al Concejo de Valledupar. De acuerdo con el oficio, el Proyecto de Acuerdo 017 del 30 de agosto de 2024, “por medio del cual se delega al alcalde del municipio de Valledupar la facultad para la legalización y regulación urbanística de los asentamientos humanos con condiciones precarias y de origen informal”, también interferiría en el cumplimiento de la Sentencia T-946 que ordena el desalojo de la Finca La Sabana. 

“Prevenir al Concejo Municipal de Valledupar de abstenerse de interferir por cualquier medio, acto o resolución la orden constitucional de desalojo que gravita sobre la Finca La Sabana, por estar subjudice, debido que la cosa juzgada constitucional que ampara la Sentencia T-946 de 2011, no puede ser desconocida por ninguna autoridad pública”, puntualiza el oficio en las peticiones.  

Acotando así que “así como un juez de la República no puede interferir, obstaculizar o bloquear las funciones del Concejo Municipal de Valledupar”, la corporación no tiene competencias para desconocer y obstruir una orden judicial de la Corte Constitucional.

Por Namieh Baute Barrios

Categories: Valledupar
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