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Sistema de transporte masivo podrá subir su ocupación al 50%

Foto/Joaquín Ramírez.

A través de la resolución 1537 del 2020, el Ministerio de Salud definió los nuevos lineamientos a seguir por parte de los operadores y conductores del sector transporte, así como usuarios de servicio público de transporte, durante el aislamiento selectivo que inició en gran parte del país el pasado 1 de septiembre.

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Entre los cambios que se presentan es que el sistema masivo de transporte en Colombia podrá subir su capacidad al 50 % cumpliendo cada uno de los protocolos de bioseguridad exigidos por el Gobierno nacional.

De acuerdo con el Ministerio de Salud, esta nueva medida “será revisada y ajustada, en conjunto con la Secretaría de salud o la entidad que haga sus veces, en un término de cuatro semanas siguientes a su aprobación, en función de los avances o fases de la emergencia sanitaria por covid-19, teniendo en cuenta las estadísticas y evolución de la pandemia en cada territorio, la tasa de transmisión de la enfermedad (RT), factores de riesgo, sistema de ventilación en los vehículos, medidas de bioseguridad implementadas“, además del cumplimiento de una serie de requisitos citados en el documento oficial.

Por otro lado, en cuanto a los viajes intermunicipales la resolución establece que deben planificar las rutas identificando con anterioridad los lugares en los cuales se puedan hacer paradas cada tres horas para surtir combustible, usar baños y verificar que estén dotados de productos básicos de aseo personal, lo cual permitiría que se pueda realizar la ventilación del vehículo.

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Para los vehículos particulares la resolución adicionó la posibilidad de que las personas que son de un mismo grupo familiar puedan movilizarse en el mismo vehículo, de acuerdo con la capacidad máxima de este, utilizando siempre el tapabocas.

Para los prestadores del servicio de transporte, el protocolo general continuará siendo el mismo: limpieza y desinfección con soluciones que tengan actividad virucida, en las zonas de alto contacto de usuarios, trabajadores y demás personas, como taquillas, sillas y ventanas, después de cada viaje o por lo menos tres veces al día y al iniciar y finalizar la jornada.

Las estaciones y terminales de transporte deberán estar dotadas de artículos de aseo como papel higiénico, agua potable, jabón y toallas desechables para el lavado de manos, así como dispensadores de gel antibacterial, entre otras disposiciones.

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Los usuarios del transporte público deberán usar correctamente el tapabocas, el cual “es obligatorio y permanente durante todo el recorrido y en los diferentes puntos del sistema de transporte”.

Categories: Colombia
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