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Con ‘los crespos hechos’ quedaron en Fonseca por cancelación de elecciones atípicas

Las elecciones atípicas se realizarían este domingo.

Las esperadas elecciones atípicas en donde se elegiría este domingo al nuevo alcalde de Fonseca, La Guajira, fueron canceladas por un fallo en segunda instancia de la Sección Tercera del Consejo de Estado, el cual dejó sin efectos la sentencia del Tribunal de La Guajira que anulaba la elección de Hamilton García como alcalde de Fonseca.

De acuerdo con el Consejo de Estado, García deberá regresar al cargo y podrá ejercer plenamente sus funciones como alcalde de dicho municipio. Así mismo, el fallo también dejó sin efectos el Decreto 126 expedido por el gobierno de La Guajira el pasado 3 de junio que puso a Enrique Fonseca como alcalde encargado.

En ese orden de ideas, el Consejo le ordenó al Tribunal de La Guajira que un plazo no mayor a 20 días modifique el fallo de tutela en primera instancia que declaró nula la elección de García para de esta forma “amparar el derecho al debido proceso”.

La sala considera que la autoridad accionada no dio la debida argumentación que justificara su apartamiento porque se basó en providencias no aplicables, a sabiendas que esa decisión judicial era la que guardaba el mayor grado de similitud fáctico y jurídico con el caso”, precisó en el oficio.

Sobre la decisión, Hamilton García aseveró que esperaba que el recurso jurídico interpuesto fallara a su favor para poder retomar su cargo antes de que se realizaran las elecciones atípicas este fin de semana.

Esto muy contento porque me concedieron los derechos políticos y vuelvo a la Alcaldía de Fonseca; se hizo por fin justicia. Me concedieron en segunda instancia la tutela gracias Dios. Recibimos esta decisión con mucho amor y humildad”, manifestó García.

A pesar de que el movimiento político y partidarios de García esperaban hasta el último momento el fallo a favor del Consejo de Estado, la comunidad de ese territorio y algunos líderes políticos ya estaban preparados para el proceso electoral.

En ese sentido, una fuente cercana al Concejo Municipal de Fonseca, que prefirió omitir su nombre, comentó que la población no estaba “inconforme con las elecciones atípicas. Los ciudadanos las apoyaban y eso quedó demostrado en las movilizaciones que realizaron los candidatos”.

“Los ciudadanos sin importar el distanciamiento como medida de bioseguridad contra la covi-19 asistieron a los eventos masivos que realizaron los candidatos. En las calles el gentío no cabía y según unas encuestas que se le hizo a la población el porcentaje que votaría este domingo superaría el 70 %”, manifestó.

¿ENREDOS FAMILIARES PROPICIARON LA DESESTABILIACIÓN?

En febrero del presente año el Tribunal Contencioso Administrativo de La Guajira declaró la nulidad del acto de elección de Hamilton García como alcalde de Fonseca para el periodo 2020-2023 por encontrarse incurso en inhabilidad.

De acuerdo con el Tribunal, García estaba inhabilitado por parentesco en segundo grado de consanguinidad con Flor García, quien fungía para la época electoral como gerente del Hospital Nuestra Señora de los Remedios de la ciudad de Riohacha.

Precisó que Flor García se encontraba ejerciendo como autoridad civil o administrativa en La Guajira 12 meses antes de la elección de Hamilton García como alcalde de Fonseca. En ese orden de ideas, la autoridad jurídica concluyó que el Hospital Nuestra Señora de los Remedios es una empresa social del estado de orden departamental, lo cual significa que la gerente tenía atribuidas funciones como autoridad administrativa en todo el departamento, siendo Fonseca uno de los municipios que integran al mismo, por lo que ese hecho inhabilitaba a Hamilton García para postularse como candidato a la Alcaldía de ese territorio.

Dicha declaratoria de nulidad electoral respondió a una acción de tutela instaurada por el fallecido abogado Fredis Peralta; como coadyuvantes de la parte demandante participaron Agustín Rosendo, Adalcinda Segunda y Lismaibeth Pushaina Gómez.

Sin embargo, la Sección Tercera del Consejo de Estado modificó dicha sentencia porque en la providencia enjuiciada vía acción de tutela se desconoció el precedente jurisprudencial y con ello se vulneró el derecho fundamental al debido proceso.

Carlos Isaza, representante legal de García, argumentó que el Tribunal debe dictar una nueva sentencia respetando el precedente judicial que se desconoció y que de haberse aplicado no se hubiera anulado el acto de elección del alcalde de Fonseca.

Por: Namieh Baute Barrios / EL PILÓN.

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