Es la palabreja de moda. En español traduce acicalar, que según el diccionario de la Real Academia Española significa: pulir, adornar, aderezar a alguien, y se aplica a la serie de conductas y acciones deliberadamente emprendidas por un adulto con el objeto de ganarse la amistad de un menor de edad, creando una conexión emocional con el mismo, con el fin de: i) disminuir las inhibiciones del niño, niña y poder abusar sexualmente de él o, ii) Introducirlo al mundo de la prostitución u, obtener material pornográfico.
El Grommin por lo general se practica a través del internet, y su proceso y consta de las siguientes fases: a) El adulto simula ser un menor de edad, incluso puede aparentar ser niño o niña. b) Se entabla una amistad con el niño, niña con la finalidad de obtener sus datos personales. Logra disuadir al niño, niña, a través del envío de material pornográfico, que este se desnude o realice actos de naturaleza sexual. Y viene la fase final, que es la del chantaje o acoso a la víctima para obtener más material pornográfico o abusarlo (la) sexualmente.
Esta modalidad delictiva ha causado alarma social y en una reciente encuesta realizada en España, por el Instituto Nacional de Tecnología, se establece que al 75 % de los padres les preocupa que sus hijos puedan ser víctimas del “Grooming”. En Colombia esta modalidad delictiva no se encuentra tipificada dentro de nuestro ordenamiento jurídico, pero sí figura, entre otros punibles, el acceso carnal, el abuso sexual, el acto sexual y la extorsión.
Se recomienda pues, a los padres de familia, ser vigilantes respecto a las páginas que visitan sus hijos, la(s) persona(s) con la(s) que se contacta(n), los mensajes que se envían a través del correo electrónico. Recuerde que su hijo menor de edad, es una personita en proceso de formación y es deber suyo, como padre de familia, mantener vigilancia sobre el manejo de los diferentes dispositivos electrónicos a su alcance, pues la tecnología es, sin lugar a dudas, una herramienta imprescindible para el abordaje del conocimiento, pero es también el medio más expedito para la comisión de este tipo de conductas.
Recuerde señor padre de familia, que según fallo reciente de la Corte Suprema de Justicia, Sala Penal, usted puede inmiscuirse en la vida de su menor hijo, en aras de protegerlo y evitarle situaciones donde sus derechos puedan verse conculcados, sin que ello pueda tenerse como una transgresión al derecho a la intimidad, que en este caso se restringe para dar cabida a la intervención de los padres.