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Respetar la Constitución es tener paz

Humberto De la Calle es un colombiano respetable y un jurista de las más altas calidades.

Nadie duda acerca de que está haciendo un gran esfuerzo, y tiene toda la experiencia, el conocimiento y el bagaje para cumplir con su deber.

Extraña, entonces, que dé un paso en el necesario debate jurídico y político sobre la sustitución de la Constitución, partiendo de otra división inexistente en la sociedad colombiana.

Así como el Presidente Santos acuñó el eslogan de amigos de la paz y amigos de la guerra, por razones electorales, que siguen repitiendo algunos de sus alfiles en el Congreso, ahora el doctor De la Calle sale con la tesis de que hay unos colombianos que quieren cambios y reformas constitucionales, y otros que buscan frenar transformaciones fundamentales, refugiándose en la letra de la Carta fundamental. Por ahí no es la cosa.

Decirle al país que para buscar la paz se requieren adecuaciones a nuestra estructura constitucional y legal, como si no se supiera, es dejar de lado, de buena fe claro está, todo lo que se ha hecho a lo largo de nuestra historia con generosidad, audacia y gran imaginación institucional.

Ahora lo que se necesita, y está bien que el jefe del equipo negociador reconozca las dificultades conceptuales para trazar la línea entre las reformas a la Constitución y su sustitución, es precisamente eso.

Trazarla, porque es bueno para la estabilidad futura de las instituciones nacionales.

Aquello de la necesidad de una versión moderada de la sustitución de la constitución, que también reclama el doctor De la Calle, es exactamente el terreno en el que se ha movido la Corte Constitucional para hacer compatibles sus funciones propias con la doctrina de los vicios de competencia, a efecto de pronunciarse sobre la frontera que debe respetar el legislativo en materia de reformas al estatuto básico.

En éste campo ha hecho avances, sin dejar de reconocer que es un asunto inacabado, al igual que las dificultades de encontrar puntos medios que hagan posibles las decisiones sin convertir en pétreas algunas normas bajo su estudio.

Poco a poco, los magistrados han ido definiendo espacios claros.

Es decir, aspectos de la estructura de nuestro Estado que son elementos esenciales, respecto de los cuales la facultad del Congreso tiene límites.

Dos de ellos, para mencionar solamente algunos, son el equilibrio de poderes y el sistema de pesos y contrapesos.

Ahora bien, muchos creemos que el proyecto de acto legislativo que crea la comisión especial legislativa y le otorga al Presidente facultades extraordinarias imprecisas sustituye la Constitución, porque afecta lo uno y lo otro.

Claro que el Congreso puede reformar la Carta, pero no exceder su capacidad tocando elementos esenciales como los mencionados con anterioridad.

El debate sobre el contenido de los acuerdos, sus efectos y los requerimientos para su desarrollo constitucional y legal, es otro asunto.

Por lo pronto , eso de que los congresistas no tengan iniciativa legislativa, que una comisión nueva asuma las competencias de todas las comisiones constitucionales, que las facultades de las plenarias de las cámaras queden totalmente limitadas, que el ejecutivo sea depositario de la facultad de darle el visto bueno a los proyectos que tengan que ver con los acuerdos, es decir con todo, y que el Presidente pueda hacer en lo demás lo que desee, no es procedimental y altera de manera sustancial los principios democráticos.

No somos pocos los colombianos que estamos siempre abiertos al cambio y dispuestos a hacerlo. Pero rechazamos la idea de un ejecutivo omnipotente, así sea dizque por poco tiempo y transitoriamente. Muy lejos están estas preocupaciones de ser oportunistas.

Por Carlos Holmes Trujillo G.

 

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