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Registro calificado y acreditación de alta calidad

Ante la infortunada pérdida del registro calificado del programa de Microbiología de la Universidad Popular del Cesar, UPC, la manera como se abordó la información en diferentes medios de comunicación demuestra confusión de dos procesos distintos  que el sistema de aseguramiento de la calidad en Colombia evalúa: el registro calificado y la acreditación de alta calidad. Por eso vale la pena aclarar ambos componentes de calidad que se dan en las políticas públicas de educación superior para los programas académicos.

Lo primero que se debe considerar es que la oferta educativa de programas por parte de las instituciones de educación superior es regulada por el Ministerio de Educación Nacional, MEN, encargado de velar por el cumplimiento de las condiciones de calidad necesarias para llevar a cabo procesos de formación en los diferentes niveles: tecnológico, profesional, especialización, maestría o doctorado.

Para cada uno de los programas académicos se requiere unas condiciones mínimas de calidad, en donde las instituciones que la ofertan deben contar con el registro calificado, que se sustenta en la expedición de un acto administrativo que faculta a la institución para dar apertura al proyecto curricular. Por lo general, el registro calificado se expide con una vigencia de 7 años.

Mientras el registro calificado es de carácter obligatorio para poder ofertar los programas académicos, la acreditación de alta calidad es voluntaria y supera las condiciones mínimas orientadas a la excelencia académica. 

La palabra acreditación no es un término adecuado para referirse a procesos referentes al registro calificado. El término correcto dado por el ministerio para el registro calificado es licencia o certificación, mientras que la palabra acreditación suele emplearse cuando se da el reconocimiento de alta calidad de un programa académico o institución.

La renovación de un registro calificado debe presentarse un año antes de su vencimiento, a través de la plataforma Sistema de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior, SACES, radicando los documentos que sustentan el cumplimiento de las 15 condiciones de calidad; 9 relacionadas con el programa y 6 con la institución. De contar con una valoración positiva por parte del Ministerio de Educación se obtendrá dicha renovación.

Por otro lado, la acreditación de alta calidad es un mecanismo para la búsqueda permanente de los más altos niveles de calidad por parte de las instituciones que otorga el Consejo Nacional de Acreditación, tanto para programas académicos como para instituciones de educación superior. 

Para esta, además de las 15 condiciones de calidad consideradas para el registro calificado, se insiste en una sólida cultura de autoevaluación para el mejoramiento continuo, altos niveles de cualificación de la planta profesoral con modalidades de vinculación apropiadas, altos estándares de investigación científica, tecnológica, humanística y artística, así como una gran pertinencia y relevancia para impactar al sector productivo y social, unas políticas serias de seguimiento al egresado que permitan validar el proceso formativo, entre otros aspectos.

El actual modelo de actualización de la acreditación de alta calidad permite un tiempo de vigencia de 6, 8 o 10 años según el grado de consolidación y sostenibilidad que demuestren las instituciones y programas académicos.

Creo que no es necesario mencionar los beneficios que brinda la acreditación de alta calidad, pero tampoco nos daría espacio en esta columna para abordarlos.

Como en todos los procesos de calidad, estos requieren una alta organización, registros de indicadores de sus procesos y seguimiento, por eso el envío tardío de documentos como respuesta a la no renovación del registro calificado del programa de Microbiología en la UPC es inaceptable. Ojalá este desacierto permita priorizar el compromiso por la calidad de la institución y alejarse de disputas de poder.

Por Jesús Morales

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