Cuando la tropa Albardón 1, comandada por el sargento viceprimero José de Jesús Rueda Quintero, adelantaba un patrullaje, observaron a cuatro jóvenes, de los cuales uno alcanzó a volarse dejando a la deriva a sus compañeros en el sector conocido como Los Ceibotes, área rural de Valledupar.
Los que quedaron intentaron convencer al pelotón de dejarlos ir, pero Rueda Quintero se negó, pues si los liberaba, ‘tenía que recibirles unas bajas para pasarlos por resultados’.
Y en esta oportunidad el panorama se mostraba diferente a las ejecuciones extrajudiciales que ya venían realizando debido a que los tres muchachos entregaron sus armas para dejar de pertenecer a las Autodefensas Unidas de Colombia, AUC.
“(…) se tomó la decisión, en consenso… con los que estaban ahí, de darlos de baja a los 3 paramilitares, (…) tengo entendido después que hubo uno que alcanzó a (…) volarse, (…) alias Palermo. (…) ese día (…) casi supo primero 39 de lo que había pasado, que el comandante del batallón (…) tanto así que por los radios de comunicación yo empecé a escuchar que decían: «ese sargento lo vamos a joder, ese sargento no las va a pagar» (Sic)”, dijo Jesús Rueda en una versión de oficio recopilada por la Jurisdicción Especial para la Paz, JEP.
El resultado de tres bajas logradas en combate lo reportaron ese mismo día siendo aproximadamente las 6:00 de la mañana del 9 de septiembre del año 2004.
LAS IRREGULARIDADES
Los cuerpos de Ronald José Blanquicet Cano, de 25 años, Cristian Alberto Bustamante Martínez y Rafael Ignacio Puerta Flórez los trasladaron a la sede de Medicina Legal de Valledupar en el marco de la misión táctica ‘Destructor’.
Sin embargo, según la información aportada por el Ejército y documentada en una sentencia, el gasto de municiones presentados resultó exorbitante.
Reportaron que gastaron en el ‘combate’ 418 proyectiles de 5.56 milímetros, 150 proyectiles de ametralladora 7.62 milímetros y cinco granadas de fragmentación 60 milímetros, pese a que las víctimas no tenían señales de esquirlas de granadas en los cuerpos.
Una fuerza desproporcionada que a la luz de los análisis de la justicia ordinaria resultó carente de credibilidad.
“Las circunstancias de tiempo, modo, lugar, de dicho enfrentamiento, no fueron aportadas por el Ejército Nacional, a la policía judicial de la Fiscalía General de la Nación, eso es tan cierto, que así lo manifiestan los investigadores en su informe 1103 de fecha 23 de septiembre de 2004, los investigadores de la Fiscalía, textualmente señalan: ‘En el lugar de los hechos se dialogó con el soldado Clausen, quien manifiesta pertenecer al pelotón que sostuvo el combate e indica que el dio de baja a la persona inspeccionada en el acta N° 2, a los demás soldados no se les pudo entrevistar por el señor teniente Coronel Figueroa les prohibió dar entrevista’”, reza una sentencia de reparación directa emitida en el 2015 por el Juzgado Primero Administrativo del Circuito de Valledupar.
Durante la investigación de la Fiscalía también el 8 de noviembre de 2004, el exsargento José de Jesús Rueda allegó un presunto comunicado emitido en ese entonces por las AUC donde alias 39 denunciaba ante Naciones Unidas y el Alto Comisionado para la Paz la muerte de los tres jóvenes que asesinaron a sangre fría tras haberse entregado voluntariamente.
LA OTRA VERSIÓN
Sin embargo, esa teoría contrasta con la recopilada por la Fiscalía 94 Especializada de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario que en su momento por estos hechos adelantó un proceso en contra de tres militares ante un juez de conocimiento de la capital del Cesar.
De acuerdo con la investigación del ente acusador, los jóvenes fueron llevados mediante engaños hasta el sitio denominado la vereda Los Ceibotes por John Jairo Hernández, alias Daniel Centella, quien los habría entregado a los militares.
“Una vez en el sitio previsto para la ejecución, Reynaldo Antonio Padilla Ruiz, alias Palermo se percató de lo que iba a ocurrir y logró huir mientras que sus compañeros fueron asesinados por miembros del Ejército, quienes posteriormente reportaron que las muertes ocurrieron en un enfrentamiento”, indica el expediente conocido por el PILÓN en una audiencia que se hizo a finales del mes de agosto de 2014.
Lo cierto es que los jóvenes fueron ejecutados extrajudicialmente y no por un combate como los presentaron. De ahí que años después la familia de Ronald José Blanquicet Cano adelantó una demanda de reparación fallada a su favor en el mes de junio del año 2015.
“Las autoridades están instituidas para garantizar a los asociados la vida, honra y bienes de Ronal Blanquicet Cano, a pesar de pertenecer a un grupo al margen de la ley, con su homicidio se presentó una lesión antijurídica a un bien jurídicamente protegido por el ordenamiento internacional como es la vida de los combatientes fuera de combate”, reza la sentencia.
LOS INVOLUCRADOS
Los exmilitares José de Jesús Rueda, Yeris Andrés Gómez, Harold Clausen Muñoz y Victoriano Valencia reconocieron que las víctimas fueron ejecuciones extrajudiciales. De ellos, José de Jesús Rueda y Harold Clausen Muñoz estuvieron privados de la libertad por los crímenes cuando eran juzgados por la justicia ordinaria, pero ambos se acogieron a la JEP.
Por Marllelys Salinas / EL PILÓN