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Procuraduría suspende a dos representantes del Consejo Superior Universitario de la UPC

Este miércoles 6 de noviembre se conoció que la Procuraduría General de la Nación ordenó suspender por tres meses a dos representantes del Consejo Superior Universitario de la Universidad Popular del Cesar por elegir como rector a Carlos Oñate en el 2015 y 2016 a sabiendas que este se encontraba inhabilitado.

Los sancionados fueron Jaime Maestre Aponte, como representante de las directivas académicas, y Faríd Campo, representante de los estudiantes ante el Consejo Superior Universitario de la Universidad Popular del Cesar.

HECHOS

Con cuatro de los siete votos posibles en ese momento, en julio de 2015 el Consejo Superior Universitario de la UPC designó a Carlos Oñate como rector.

Según reportes periodísticos, en esa sesión estuvieron la delegada del Ministerio de Educación, Kelly Sterling; Ernesto Orozco, delegado de la Presidencia de la República; Jaime Maestre, representante de las directivas académicas; Jorge Manjarrés, representante de los egresados; Farid Campo, en representación de los estudiantes; Napoleón de Armas, por los profesores, y Aldemar Palmera, por los gremios.

En ese momento, los delegados de la Presidencia, del Ministerio de Educación y el de los gremios decidieron abstenerse de votar por las presuntas irregularidades del proceso.

Al año de su designación, por la presunta inhabilidad el Consejo de Estado anuló la elección de Carlos Oñate Gómez como rector de la Universidad Popular del Cesar, sin embargo, 45 días después de la anulación el Consejo Superior Universitario volvió a designarlo para el periodo 2016-2020.

En ese caso, Carlos Oñate recibió el respaldo de Jaime Maestre Aponte, representante de las autoridades académicas; Faríd Campo Baena, representante de los estudiantes; Darwin Mannsbach, representante de los egresados; Adelmar Palmera, representante del sector productivo, y el delegado de los profesores de la UPC, Jesús Palmera.

Desde antes de su primera elección se decía que Oñate estaba inhabilitado a pesar de la reforma que se había hecho derogando el artículo 103 del Acuerdo No. 001 del 22 de enero de 1994 para evitar que este cayera en una inhabilidad.

En la reforma se resolvió que los profesores de la UPC podrían ser miembros del Consejo Superior Universitario sin incurrir con ello en inhabilidades e incompatibilidades.

Para el Ministerio Público, los hechos de los dos investigados son constitutivos de falta disciplinaria gravísima por eso la decisión de sancionarlos.

Respecto a la sanción, el ente de control aclaró que la suspensión provisional recae sobre sus funciones como miembros del multicitado Consejo, más no sobre sus cargos ni remuneración al interior de la Universidad.

Categories: Política
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