Este martes, la Procuraduría General de la Nación solicitó a la Sala Especial de la Corte Suprema de Justicia enviar el expediente de la investigación contra el exsenador Álvaro Uribe Vélez, por los presuntos delitos de soborno y fraude procesal, a la Fiscalía General de la Nación, dado que el expresidente renunció a su curul del Senado de la República la semana pasada.
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Según la Procuraduría, el alto tribunal con la renuncia a la curul “perdió la competencia para continuar con los procesos que tengan relación con delitos comunes”, se lee en el comunicado.
“Con la separación definitiva del entonces congresista a su curul, desaparece el fuero que la Constitución le otorgaba, por lo que la Corte Suprema solo podrá conocer de los procesos en los que los presuntos delitos tuvieran relación directa con su función de congresista”.
“Todos los funcionarios públicos desde el presidente de la República hasta el más modesto de los servidores públicos deben respetar y cumplir las decisiones de la justicia, absteniéndose de cuestionar, desacatar o promover el incumplimiento de las mismas, sin interferir los principios de independencia y autonomía del poder judicial, básicos para un Estado que presuma ser de derecho”, se lee en el comunicado.
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Para el ente de control con la renuncia desaparece la competencia de la Sala Especial de Instrucción, toda vez que los cargos por los que es investigado el exsenador corresponden a delitos comunes que no tienen relación con la función de congresista.
En su análisis, la Procuraduría estableció que la Sala no relacionó actuaciones desplegadas por el entonces senador dirigidas a consolidar un abuso de poder para controlar su liderazgo político, que pudiera tener incidencia en el caudal electoral o que diera paso a un acercamiento a las regiones de manera delictiva para consolidar su dominio y el posicionamiento en el cargo.
“No hay prueba de que el doctor Álvaro Uribe Vélez –con ocasión de los presuntos punibles en los que incurrió-, hubiere comportado un ejercicio abusivo de sus funciones o eficaz para acceder a la posición de poder; ello, pues téngase en cuenta: por un lado, que si no existe prueba siquiera sumaria de que el sindicado se hubiere valido o utilizado sus facultades como Senador para supuestamente cometer tales delitos, mucho menos obra alguna encaminada a demostrar que en la presunta comisión de los mismos se excedió o abusó de sus labores congresuales”, dijo.
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Finalmente, la Procuraduría precisó que esta intervención responde a sus funciones constitucionales como Ministerio Público, en defensa de los intereses jurídicos y en procura de la preservación de la integridad del orden jurídico y no puede ser interpretada como el desconocimiento a la dignidad de la Corte Suprema de Justicia y sus decisiones.